¿Me pueden multar por conducir con chanclas? El aviso de la Guardia Civil de cara a la 'operación salida'
Desde la Guardia Civil instan a utilizar calzado cómodo al volante
Madrid
Comienza julio y, con él, la primera fase de la operación salida de verano. Un verano "especial y distinto", tal y como reconocía el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante la la nueva campaña de vigilancia de las carreteras que llevará a cabo a lo largo de este verano, en el que volveremos a las carreteras después de varios meses confinados en nuestros hogares para hacer frente a la crisis de la COVID-19.
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Por esa misma razón, y dado que a partir de esta semana se esperan miles de desplazamientos en todo el país, la Guardia Civil ofrece respuestas a algunas de las preguntas más típicas al volante. Entre ellas, la referente al calzado que se repite cada año. ¿Puedo conducir con chanclas? Como viene siendo habitual durante esta época del año, y debido a las altas temperaturas, no son pocas las personas que sustituyen las zapatillas por chanclas en su día a día.
¿Te pueden multar por conducir con chanclas?
Tampoco son pocas las deciden conducir con ellas. ¿Te pueden multar por hacerlo? Según explica la Guardia Civil a través de las redes sociales, no está específicamente prohibido conducir con chanclas. No obstante, el instituto armado recuerda que podremos ser sancionados por no ser capaces de mantener la libertad de movimientos para controlar bien los pedales. Por lo tanto, y a pesar de que el uso de chanclas no esté prohibido, sí que puede llegar a ser razón de multa.
Y es que, según recogen varios artículos del Reglamento General de Circulación, la ropa que se debe llevar al volante debe permitir el control del vehículo en cualquier caso, facilitar la movilidad y no restar la visibilidad. Por lo tanto, y dado que conducir con chanclas dificulta la movilidad y puede entorpecer la conducción del vehículo, desde la Dirección General de Tráfico (DGT) nos avisan de que podremos recibir una multa de 200 euros y tres puntos del carnet.
¿Puedo conducir sin camiseta? ¿Y con el brazo por fuera de la ventanilla?
Según recoge el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación, el conductor está obligado a garantizar su propia seguridad. Por esa misma razón, y con el objetivo de evitar posibles lesiones, el uso de camiseta al volante es obligatorio para evitar que el conductor acabe herido como consecuencia del cinturón o del airbag. Por lo tanto, no. No se puede conducir sin camiseta. A pesar de que la Guardia Civil no va parando a la gente por conducir de esta guisa, puede llegar a sancionar con 80 euros si considera que la infracción esté motivada, argumentando siempre el riesgo.
Respecto a si se puede conducir con el brazo por fuera de la ventanilla, el artículo 18.1 recuerda que tanto el conductor como el resto de pasajeros deberán mantener la posición adecuada durante el trayecto. Por esa misma razón, conducir con el brazo o el codo por fuera de la ventanilla no está permitido. Debido a ello, todos aquellos que conduzcan de una forma incorrecta pueden enfrentarse a una sanción de 80 euros, que no estará penada con puntos del carnet.
David Justo
(Astrabudua, 1991) Periodista especializado en tecnología y buscador de historias virales e inverosímiles...