El Supremo confirma la condena de un policía por espiar a su expareja usando bases de datos policiales
Los jueces confirman su condena de 3 años de prisión por delitos de revelación de secretos y acoso
Víctima y agresor, ambos agentes de Policía Nacional, han trabajado en la misma comisaría incluso una vez condenado
Madrid
El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de tres años de prisión para un agente de Policía Nacional que usó las bases de datos policiales para espiar y acosar a su expareja, que también es policía. Según fuentes del caso víctima y agresor han estado trabajando en la misma comisaría de la Comunidad de Madrid incluso una vez condenado por la Justicia.
Más información
El caso fue revelado por la Cadena SER hace ahora dos años: un agente de Policía Nacional había sido llevado al banquillo por acosar a su pareja, policía en Madrid. Varios años después de haber roto su relación, y teniendo un hijo en común, el acusado le enviaba cientos de mensajes e incluso sabiendo en qué hoteles se había hospedado en viajes personales fuera de la región.
La investigación destapó que este agente había estado usando sus credenciales para acceder a las bases de datos policiales del sistema ARGOS y el fichero CONTROL, realizando hasta 37 búsquedas sobre su expareja en apenas nueve meses "sin que existiera causa ni investigación judicial" que justificase estas búsquedas compulsivas sobre la mujer. En primera instancia la Audiencia Provincial habló de "un acoso telefónico sistemático sin visos de cesar" con el objetivo de "controlar la vida privada que pudiera tener su expareja tras la ruptura" que había tenido lugar varios años antes.
La sala de lo penal del Tribunal Supremo, en una decisión a la que ha tenido acceso la Cadena SER, acaba de confirmar la condena que le impuso la Justicia madrileña: tres años de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos en concurso con otro de acoso. La sentencia todavía no se ha ejecutado y víctima y agresor, según fuentes del caso, han seguido trabajando en la misma comisaría de la Comunidad de Madrid desde entonces.
"La actividad de control"
El Tribunal Supremo, con la magistrada Carmen Lamela como ponente, confirma lo que dijeron en primera y segunda instancia tanto la Audiencia Provincial de Madrid como el Tribunal Superior de Justicia: sus búsquedas en las bases de datos policiales "suministraron información al recurrente igualmente útil para la actividad de control que ejercía sobre ella" teniendo además en cuenta "la finalidad de control que perseguía al acceder indebidamente a las bases de datos policiales".
El agente condenado actuó "violentando hasta el extremo su libertad y tranquilidad personal, haciéndole saber continuamente que conocía donde y con quien estaba al tiempo que le efectuaba reiterados reproches y profería variados insultos" y el daño que causó en su expareja fue corroborado por sus compañeros de la comisaría. "La ansiedad que sufrió por ello llegó hasta el punto de comunicárselo a sus superiores, quienes pudieron comprobar su estado de intranquilidad y desasosiego", dice el Supremo.