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El Poder Judicial califica de "enunciados normativos descriptivos" la reforma de la Ley de Libertad Sexual

El informe de los ponentes que estudiará el pleno del órgano de gobierno de los jueces este mes de febrero propone suprimir la definición de consentimiento en la Ley del sí es sí

Fotografía de archivo de la manifestación del 8-M. / Getty Images

Fotografía de archivo de la manifestación del 8-M.

Madrid

La propuesta de los ponentes pasa por suprimir la definición de consentimiento que plantea la reforma estrella del departamento que dirige Irene Montero. El informe la califica de “innecesaria” porque plantea problemas “probatorios” y puede incrementar la “victimización secundaria” de la agredida porque los interrogatorios se centrarán “en el modo en que la víctima suele prestar el consentimiento sexual”.

El otro titular que deja la propuesta de los vocales Roser Bach, Pilar Sepúlveda y Juan Manuel Fernández es que cuestionan a la posibilidad de que el juez “atendiendo a la menor gravedad del hecho” pueda rebajar la pena de prisión. Piden la creación de un subtipo atenuado para que el juez tenga que ceñirse a lo que diga la norma y no a una interpretación subjetiva de lo ocurrido que puede provocar sentencias contradictorias sobre hechos similares. Y también hay pegas para las penas de prisión en los casos más graves. Dice el informe que “el tratamiento unitario de todos los actos de ataque sexual puede tener un efecto de desprotección a las víctimas” porque el agresor “no tendrá mayores consecuencias si emplea un medio más lesivo que otro”.

Juzgados especializados

Hay más críticas a la reforma de Irene Montero. El examen del Poder Judicial recoge que no hay “razón político - criminal en la exposición de motivos” que justifique el endurecimiento del delito de acoso que ya no va a exigir “rebasar un determinado umbral de perturbación” para ser punible. Otra es el alquiler de viviendas para la actividad sexual. El proyecto requiere habitualidad para sancionar, pero el informe señala que “la lesión no desaparece por falta de reiteración” y que se debería crear una modalidad atenuada para que los alquileres ocasionales también sean perseguidos. Sobre la creación de juzgados especializados, el Poder Judicial advierte de que esta es materia reservada a una “ley orgánica cualificada” como es la ley Orgánica del Poder Judicial.

Deficiencias del Anteproyecto

La propuesta que estudiará el pleno del Poder Judicial este mes de febrero es muy dura con la técnica legislativa y de redacción del anteproyecto de Igualdad. Señala que el carácter de ley orgánica “parcial” es “cuestionable” porque “ni el objeto y finalidad de la ley, ni su ámbito de aplicación constituyen materia competencia de ley orgánica”. Además, recoge hasta nueve “erratas, errores e imprecisiones que deben corregirse”. Entre ellas, llamar imputados a los investigados.

Sobre técnica legislativa, subraya que presenta “concomitancias, concurrencias, incidencias e interferencias con otras normas vigentes que deberían evitarse en beneficio de la seguridad jurídica”. Por otro lado, muchos de sus artículos son “enunciados normativos meramente descriptivos, sin contenido jurídico propiamente dicho, esto es, sin un concreto mandato normativo”.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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