Tribunales
Santiago Abascal

El Supremo rechaza una querella contra Abascal por un tuit sobre el ataque a un centro de menores en Madrid

Rechaza una querella del PSOE contra el dirigente ultraderechista por un tuit de 2019

Abascal aseguro que "sospechaba" que el suceso, el lanzamiento de una granada, estaba relacionado con el PSOE

El líder de Vox, Santiago Abascal, interviene durante una sesión de Control al Gobierno en el Congreso de los Diputados / EUROPA PRESS/E. Parra. POOL EUROPA PRESS

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido rechazar una querella del PSOE contra el líder de Vox, Santiago Abascal, por relacionar en un tuit al partido y el GAL con el lanzamiento de una granada a un centro de menores en Madrid en diciembre de 2019. Los jueces explican que el mensaje escrito por el líder de la ultraderecha en su cuenta de Twitter no es delito aunque pueda "merecer valoraciones negativas o críticas, incluso censuras en otros escenarios".

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El presidente de Vox se refirió al hallazgo de una granada de mano en una bolsa del Centro de Primera Acogida de Menores de Hortaleza, en Madrid, ese mes de diciembre. Un tuit en el que dejaba caer que el suceso estaba relacionado con el PSOE para poder culpar a su partido: "Sospechamos que las cloacas del PSOE, salpicadas por el GAL, han colocado la granada en el centro de Menas (menores extranjeros no acompañados), para incitar el odio contra VOX con las declaraciones de sus ministros. Ahora solo falta que Marlaska justifique otra vez la violencia contra la tercera fuerza política".

El Partido Socialista llevó el tuit ante la Justicia al entender que Abascal había incurrido en un delito de calumnias o de injurias asegurando que "perseguía como objeto atacar el honor del PSOE, de los individuos que integran esta organización, y de los ministros afines a la misma que forman el Gobierno", algo que ahora rechaza el Tribunal Supremo, alegando que está amparado por la libertad de expresión en el  contexto de un debate político.

Según el auto del Supremo, que ha tenido como ponente a la magistrada Ana Ferrer, este tuit "pudiendo merecer valoraciones negativas o críticas e, incluso, censuras en otros escenarios" no es suficiente "para generar responsabilidad penal a la vista del ámbito político en que se enmarcan y la máxima amplitud que debe reconocerse a quienes participan en la vida pública como representantes de los ciudadanos para opinar, con expresiones afortunadas o desafortunadas, compartibles o no, sobre asuntos de relevancia social y colectiva".

Un "tema de actualidad"

El líder de Vox, partido que ha convertido las críticas a la presencia de menores no acompañados extranjeros en nuestro país en una de las puntas de lanza de sus políticas de inmigación, se refirió en esos términos al ataque con una granada que investiga desde entonces un juzgado de Madrid y que provocó incluso la intervención de los TEDAX. Su tuit, dice el Supremo, "se emite en relación a un tema de actualidad" y "en el contexto del debate político suscitado en torno al mismo y al discurso de los distintos grupos políticos sobre la inmigración" por lo que está protegido por la libertad de expresión.

Además, añade la sala de lo penal, el uso de la palabra "sospechamos", según su criterio, "diluye la contundencia de la imputación que aun más pierde virulencia cuando la actuación delictiva se vincula con un grupo terrorista inactivo desde hace más de treinta años". Finaliza diciendo que "el derecho penal no es herramienta apta para limar asperezas o imponer un estilo más plano, menos escandaloso, más objetivo o neutro; o para acallar una opinión agria, ni siquiera aunque pueda ser injusta".

 
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