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El Supremo pide acabar con el banquillo de los acusados: "Puede transmitir una imagen estigmatizante"

Se pronuncia a favor de que los acusados puedan sentarse al lado de sus abogados

Denuncia que la distribución clásica de las salas de vistas convierten al acusado en "convidado de piedra" además de fomentar la pena de banquillo

Lo explican resolviendo el recurso de un policía local de Miranda de Ebro contra su condena por revelación de secretos

Luis Bárcenas en el 'banquillo' durante el juicio de la caja B / Juan Carlos Hidalgo EFE / Pool

Madrid

El Tribunal Supremo pide acabar con el tradicional "banquillo" de los juicios donde los acusados afrontan los procesos penales, mirando al tribunal y de espaldas al público. En una sentencia que reduce la condena a un policía de Miranda de Ebro los jueces de la sala de lo penal dejan claro que la distribución actual de las salas de vistas responde a "viejas inercias rituales de dudoso anclaje constitucional" y que sentar así a los acusados "puede transmitir una imagen estigmatizante, poco compatible con su condición de persona inocente".

La sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, rebaja a dos años de cárcel la condena de un policía local de Miranda de Ebro por obtener ilegalmente datos policiales y judiciales del hermano de un concejal y después difundirlos para perjudicarle. Los magistrados de la sala de lo penal resuelven, además, una de las alegaciones del condenado: que en el juicio en la Audiencia de Burgos los jueces no le permitieron sentarse al lado de su abogado y que eso "afectó a la equidad del proceso y a su derecho a una defensa eficaz".

El Tribunal Supremo, con el recién incorporado Javier Hernández como ponente, rechaza que esto deba traducirse en una reducción de su condena pero sí reconoce que la disposición clásica de los juicios, con los acusados sentados en el banquillo, debe cambiar precisamente y entre otras cosas por la pena de banquillo que supone.

Para el Supremo esta posición, mirando al tribunal y de espaldas al resto, "puede transmitir una imagen estigmatizante, poco compatible con su condición de persona inocente, confirmatoria de lo que ha venido a denominarse por la sociología jurídica como una predicción social creativa de culpabilidad" que en cualquier caso, es "ajena" al tribunal.

El "convidado de piedra"

Para el Supremo, esta disposición clásica es algo a cambiar. Los jueces reconocen que muchas salas de Justicia en nuestro país "responden, originariamente o por inercia, a una concepción histórica determinada y, sobre todo, a una plasmación de un imaginario simbólico que no se ajusta de la mejor manera posible a las exigencias constitucionales y convencionales de garantía del derecho a un proceso justo y equitativo". La distribución actual puede llevar a una "distancia insalvable" entre abogado y cliente que puede terminar afectando al derecho de defensa.

El acusado, reitera el Supremo, "no debe convertirse en un convidado de piedra en el plenario cuyo desenlace puede suponerle, nada más ni nada menos, que la pérdida de su libertad. No ha de ser tratada como un espectador impasible recluido en una zona rigurosamente acotada de intervención, limitada a la última palabra".

Archivo - Fachada de la sede del Tribunal Supremo. / EUROPA PRESS - Archivo

Para el Supremo es "exigible la necesidad de activar mecanismos que rompan con viejas inercias rituales de dudoso anclaje constitucional" y sentar a los imputados de manera que puedan mantener el "contacto defensivo con su letrado" y que "le posibilite reconocerse y ser reconocido como una persona que goza con plenitud del derecho a la presunción de inocencia, que comporta el derecho a ser tratado como inocente".

El caso del procés

El único antecedente sobre este asunto en el Tribunal Supremo fue el juicio al procés independentista celebrado en el salón de actos entre 2018 y 2019. Antes de empezar el juicio, la sala presidida por Manuel Marchena aceptó la petición del abogado de Oriol Junqueras, Andreu van den Eynde, para que sus clientes pudieran sentarse a su lado al menos mientras no tuvieran que declarar.

Junqueras y el resto de acusados en el juicio al procés en el Tribunal Supremo / Pool (ACN)

Los jueces señalaron en ese momento que "en cuanto al contacto directo entre abogado y cliente, ninguna objeción por parte de la Sala para que la distribución de espacios tenga en cuenta el deseo de proximidad y contacto físico entre el Letrado y los procesados".

 
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