Condena firme de 24 años de cárcel al autor de un asesinato machista en Monzón
En noviembre de 2018 asesinó de 90 puñaladas a su expareja en presencia de sus dos hijos pequeños
La sentencia le aplica agravantes de alevosía, género y parentesco pero no de ensañamiento: asestó 90 puñaladas a la víctima
Madrid
El Tribunal Supremo ha decidido imponer una condena de 24 años de prisión a un hombre que en 2018 asesinó de casi cien puñaladas a su pareja en su casa de Monzón. Los jueces rebajan ligeramente su condena al aplicar agravantes de género, parentesco y alevosía pero retirando la de ensañamiento que aplicaron en un primer momento los tribunales aragoneses que juzgaron el caso.
Más información
El asesinato de Rokhaya tuvo lugar en esta localidad oscense en noviembre de 2018. La pareja tenía dos niños pequeños y se había divorciado un año antes pero habían retomado la relación: el acusado estaba viviendo en Binéfar con un pariente y acudió a la casa de su pareja para darle a los niños. Fue entonces cuando, tras una discusión que arrancó por "unas sandalias", el acusado cogió un cuchillo y empezó a atacar a la mujer.
La víctima, incapaz de defenderse, cayó al suelo mientras el asesino seguía acometiendo con el cuchillo, acabando con su vida con noventa puñaladas delante de los dos pequeños. Fue una de las hijas la que salió de la casa pidiendo auxilio a una vecina, explicando lo que habíaa sucedido en su casa: los hijos, según la Justicia, "sufrieron a consecuencia de estos hechos un fuerte impacto psicológico".
Ahora ha sido el Tribunal Supremo el que ha rebajado ligeramente la condena que le impusieron los tribunales aragoneses por este crimen machista: de 25 a 24 años de cárcel al aplicar agravantes de alevosía, parentesco y género pero retirando la de ensañamiento que también se le había atribuido en un primer momento. También se le prohíbe volver a contactar con sus dos hijos durante más de tres décadas.
Sin ensañamiento
El Tribunal Supremo, con el magistrado Antonio del Moral como ponente, razona sobre el ensañamiento que "sería un dislate discutir sobre un innegable ensañamiento -con saña-" teniendo en cuenta que el acusado asestó noventa puñaladas a su víctima, pero añade que desde un punto de vista jurídico "el concepto técnico jurídico de ensañamiento no se acomoda a la percepción que puede albergar el no jurista o que se maneja en una tertulia".
Explica el Supremo que "es necesario que, de hecho, se inflija, y se quiera de propósito infligir, un dolor singular a la víctima; que se busque una metodología homicida cruel, que se recrea en el dolor de la víctima o muestra indiferencia o indolencia frente al mismo. Por eso, la reiteración de puñaladas, tras una primera mortal, jamás será ensañamiento, aunque se cuenten por decenas las heridas abiertas en lo que ya es un cadáver y ha perdido la capacidad de sufrir", lo que según los informes no hay pruebas de que sucediera en este caso de Monzón.