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Tribunal de Cuentas

La Abogacía rechaza informar sobre los avales del 'procés' para proteger la imparcialidad de la causa

La Abogacía General del Estado asegura que si se pronunciara quebraría los principios de contradicción e igualdad y podría influir en la predisposición del Tribunal

La delegada instructora pidió a la Abogacía un informe para determinar la legalidad de utilizar el ICF para los avales de 34 exaltos cargos destinados supuestamente a lainternacionalización del procés

El presidente de ERC, Oriol Junqueras / David Zorrakino EUROPA PRESS

La Abogacía General del Estado ha rechazado la petición del Tribunal de Cuentas para que se pronunciara sobre los avales presentados por la Generalitat a través del Instituto Catalán de Finanzas (ICF) destinados a cubrir las fianzas provisionales de 5,4 millones de euros impuestas a 34 exaltos cargos y funcionarios del ex Govern por su presunta implicación en la acción exterior del procés, entre 2011 y 2017.

La delegada instructora había solicitado a la Abogacía emitir un informe para evaluar la pertinencia y legalidad de utilizar los fondos públicos como aval hasta que sean eventualmente condenados y evitar así que los exaltos cargos tengan que afianzar los 5,4 millones de euros con sus bienes y patrimonio.

La Abogacía General del Estado, dependiente del Ministerio de Justicia, ha respondido al Tribunal de Cuentas que "no procede emitir informe sobre los avales del procés' ya que podría afectar a la imparcialidad del Tribunal de Cuentas y ser contrario a los principios de contradicción e igualdad.

Entiende la Abogacía que esta función consultiva no le corresponde porque "tiene la condición de parte en la fase de actuaciones previas a la que dicho informe (solicitado) se incorporaría", asegura en su respuesta al organismo fiscalizador.

Las actuaciones previas tienen la finalidad de preparar el enjuiciamiento y el Tribunal de Cuentas es de naturaleza administrativa y no jurisdiccional, deben "observarse los principios de imparcialidad y objetividad", así como de "igualdad" ante las partes que "necesariamente han de respetarse en los procedimientos y actuaciones administrativas", señala la Abogacía.

Según la Abogacía, solicitar un informe a una de las partes sobre cuestiones que afectan directamente a los intereses de las demás puede sugerir la predisposición del Tribunal a seguir los criterios de esa parte. Y también se verían afectados por el hecho de requerir el informe a una sola de las partes personadas sin audiencia de las demás, añade.

El informe remitido al Tribunal de Cuentas en respuesta a la petición de la delegada instructora indica para concluir que el fondo catalán de la Generalitat destinado al ICF para cubrir los avales se aprobó por decreto ley y esa norma "ni ha sido declarada inconstitucional ni ha sido suspendida en su eficacia". 

 
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