Sociedad
VIOLENCIA MACHISTA

España será el primer país de Europa en contabilizar los feminicidios que ocurran fuera de la pareja

Desde el próximo año, se recopilarán los asesinatos de mujeres como feminicidios en el ámbito de la pareja o expareja, familia, de tipo sexual, social y vicario

La ministra de Igualdad, Irene Montero, comparece en una rueda de prensa para hacer balance de 2021, en el Ministerio de Igualdad / Isabel Infantes - Europa Press EUROPA PRESS

Madrid

España se convertirá en 2022 en el primer país europeo en contabilizar de forma oficial los distintos tipos de feminicidios y no solo los que ocurren en el ámbito de la pareja o expareja, también los crímenes de honor o el asesinato de las allegadas de las víctimas de violencia de género. De esta forma, habrá un Observatorio Estatal de Feminicidios, según ha explicado en rueda de prensa la ministra de Igualdad, Irene Montero, en la que junto a la secretaria de Estado, Ángela Rodríguez, y la delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Victoria Rosell, han hecho un balance de las medidas tomadas en este año para frenar la violencia machista y han explicado otras para 2022.

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Entre ellas, la que ya anunció el Ministerio hace unas semanas: contabilizar las asesinadas no solo exclusivamente las que ocurren en el ámbito de la pareja o expareja, tal y como recoge la ley integral contra la violencia de género, sino por todo tipo de violencia contra la mujer. Este nuevo recuento responde al cumplimiento del Convenio de Estambul pero también al del propio Pacto de Estado contra la Violencia de Género. "Seremos el primer país de Europa en contabilizarlos de forma oficial", ha asegurado Montero, que ha dicho que el objetivo es detectar el alcance de la violencia más extrema contra las mujeres y "desplegar los mejores recursos".

Tipos de feminicidios

Desde el próximo año, se recopilarán: los feminicidios en la pareja o expareja, familiares, sexuales, sociales y vicarios.

- Feminicidio en la pareja o expareja: El asesinato de una mujer en los términos previstos en la ley contra la violencia de género.

- Feminicidio familiar: Asesinato de una mujer por hombres de su entorno familiar y esta categoría a su vez diferenciará entre el feminicidio general -aquel de una mujer por un hombre con relación de parentesco por consanguinidad o afinidad- y el crimen de honor -el crimen de un mujer a manos de un hombre de su familia, por la creencia de que ésta ha causado desprestigio a la misma.

- Feminicidio sexual: El de una mujer sin relación de pareja ni familiar vinculado a las violencias sexuales incluidas en el proyecto de ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual -la conocida como la ley del solo sí es sí-. Esto quiere decir que se subdividirá en feminicidios por agresión sexual -cuando el agresor no tiene relación íntima ni familiar-; el vinculado a la trata con fines de explotación sexual, explotación sexual, prostitución u otras actividades con connotación sexual estigmatizadas por género; el vinculado la a mutilación genital femenina, y también al matrimonio forzado.

- Feminicidio social: El asesinato de una mujer por una agresión, de carácter no sexual, a manos de un hombre con el que no tenía ninguna relación íntima ni familiar, como por ejemplo un desconocido o un compañero de trabajo.

- Feminicidio vicario: El asesinato de una mujer o de sus hijos menores de edad por parte de un hombre para causar daño a otra mujer en este caso se recogerían exclusivamente mujeres y menores -niños y niñas. Se recogerán datos del feminicidio vicario en la pareja o expareja sobre hijos e hijas menores de edad asesinados en el ámbito de la pareja o expareja.

En el caso de otras mujeres y menores asesinados, se contabilizarán las hijas de 18 años o más a cargo de un hombre en el ámbito de las relaciones de pareja o expareja u otras mujeres mayores de edad, como amigas u hermanas, ente otras, así como menores allegados como por ejemplo sobrinos. Y el feminicidio vicario fuera del ámbito de la relación sentimental será el de una mujer o menor de edad por parte de un hombre con el que no hay ninguna relación de pareja o expareja, "con la finalidad de causar perjuicio o daño a una mujer en el ámbito de las demás categorías de feminicidios".

Se incluyen los hijos e hijas menores de edad asesinados fuera del feminicidio de la pareja o expareja y a otras mujeres y menores, que son las hijas de 18 o más años por un hombre fuera del ámbito de la pareja; y otras mujeres mayores de edad (amigas y hermanas, entre otras), menores allegados.

Cambiará a partir de 2022

Fuentes del departamento que dirige Irene Montero, han explicado que este "hito" de contabilizar los feminicidios es fruto de un proceso participado y consultado con organismos como el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, el Foro Social contra la Trata, las unidades de coordinación de violencia contra la mujer y también con el Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE, por sus siglas en inglés).

Las mismas fuentes han señalado que antes de incluir los datos en la estadística habrá un proceso técnico interno en la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género y que se necesitarán "unos meses de rodaje" para tener un procedimiento similar de confirmación al que existe hoy en día con las víctimas mortales en el ámbito de la pareja y expareja.

 
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