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El Supremo de EEUU falla en contra de la Fundación Thyssen sobre el Pissarro expuesto en su museo y expoliado por los nazis

Si se aplicase el derecho sustantivo californiano, la Fundación Thyssen-Bornemisza debería devolver la obra, según los abogados de los denunciantes, la familia Cassirer

El cuadro 'Rue St. Honoré en la Tarde, Efecto Lluvia' de Camille Pissarro / Quim Llenas

El cuadro 'Rue St. Honoré en la Tarde, Efecto Lluvia' de Camille Pissarro

El Tribunal Supremo de los EE.UU. ha resuelto este jueves de manera unánime en favor de la familia Cassirer en su controversia frente a la Fundación Thyssen-Bornemisza para la recuperación del cuadro de Camille Pissarro que fue expoliado por los Nazis en la Segunda Guerra Mundial. El cuadro, titulado 'Rue St. Honoré en la Tarde, Efecto Lluvia', se encuentra actualmente colgado en el Museo Thyssen-Bornemisza de Madrid.

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La cuestión relevante ante el Tribunal Supremo de los EE.UU. era la determinación de la norma de conflicto de leyes relevante, es decir, si el juez americano debía aplicar la norma de conflicto de leyes federal o estatal de California para a su vez determinar el derecho aplicable al fondo del asunto: el derecho español o el derecho del estado de California.

El Tribunal Supremo de los EEUU ha determinado que debe aplicarse la norma de conflicto de leyes del estado de California (en lugar de la norma federal). Para llegar a esta conclusión, el Tribunal ha tenido en cuenta que, "una vez que un Estado extranjero carece de inmunidad de jurisdicción, está sujeto a las mismas reglas de responsabilidad que un ente privado".

Tal y como explica Bernardo Cremades Jr., del despacho B. Cremades & Asociados, esta decisión tiene una importancia "crucial" para el destino del cuadro habida cuenta de que, utilizando la norma de conflicto de leyes federal, los tribunales inferiores hasta ahora habían aplicado el derecho español para determinar si la Fundación Thyssen-Bornemisza debía devolver el cuadro a la familia Cassirer.

A pesar de los numerosos escritos presentados por el despacho español B. Cremades & Asociados en representación de la Comunidad Judía de Madrid y de la Federación de Comunidades de Judías de España -en apoyo de la familia Cassirer-, dichos tribunales de instancia consideraron que bajo derecho español el cuadro pertenecía a la Fundación Thyssen-Bornemisza.

Ahora el Tribunal Supremo de los EE.UU. ordena a los tribunales inferiores a reabrir el caso para, aplicando la norma de conflicto de leyes de California, determinar qué derecho debe aplicar al fondo de la controversia, es decir, el derecho español (como se había hecho hasta ahora) o en su lugar el derecho estatal de California.

Según ha explicado Bernardo Cremades Jr., del despacho B. Cremades & Asociados, "bajo el derecho sustantivo del Estado de California, incluso si la Fundación Thyssen-Bornemisza fuese un tercero de buena fe a la hora de comprar el cuadro, no podría haber adquirido su título de propiedad habida cuenta de que el cuadro fue expoliado en la Segunda Guerra Mundial". En consecuencia, según añade, "si se aplicase el derecho sustantivo californiano, la Fundación Thyssen-Bornemisza debería devolverlo a la familia Cassirer".

 
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