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Absuelto el exlíder de Podemos Cantabria del acoso denunciado por una compañera del partido

El juez considera que no han quedado probadas las acusaciones realizadas por la ex diputada autonómica Verónica Ordóñez contra el también ex diputado José Ramón Blanco

José Ramón Blanco y Verónica Ordóñez, en una imagen de archivo, durante una rueda de prensa en el Parlamento de Cantabria. / Cadena Ser

José Ramón Blanco y Verónica Ordóñez, en una imagen de archivo, durante una rueda de prensa en el Parlamento de Cantabria.

Santander

El secretario general de Podemos de 2015 a 2016 y diputado entre 2015 y 2019, José Ramón Blanco, ha sido absuelto de los delitos contra la integridad moral y de lesiones psíquicas por los que le venía acusando la Fiscalía tras la denuncia de su compañera de partido y en el grupo parlamentario Verónica Ordóñez en 2018.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Santander considera, en una sentencia a la que ha tenido acceso a EFE, que no han quedado probados la mayoría de los hechos que denunció Ordóñez, ni que Blanco le diera un trato degradante.

José Ramón Blanco ya fue absuelto de estos hechos por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander en febrero de 2020, aunque la Audiencia de Cantabria anuló el juicio y ordenó repetirlo, por "dudas" acerca de la "imparcialidad" en el proceso por parte del juzgador.

En la resolución en la que el nuevo Juzgado encargado del caso (el número 5) absuelve a Blanco, la magistrada asegura que "ninguno de los testigos, ni tampoco la querellante, han podido describir con un mínimo de precisión ni una sola de las situaciones en las que se producían esos insultos, esos menosprecios, esos actos de hostigamiento, actos hostiles, y, en definitiva, ese trato degradante".

"No se cuestiona, por tanto, que Verónica sufriera un trastorno relacionado con el ámbito laboral, pero no queda probado que ese trastorno se deba a que el acusado le haya dispensado, durante años, un trato degradante", añade la titular del Juzgado.

Tampoco considera que Blanco se valiera de su superioridad en Podemos para tener una actitud hostil hacia Ordóñez, ya que señala que en el momento de los hechos denunciados no era ya secretario general del partido.

La juez cita en la resolución el chat que Ordóñez tenía con otros de los testigos en la causa, en el que "desprecia, ofende y critica al acusado" y a quienes formaban parte de su círculo en Podemos y que eran integrantes de la candidatura que ganó a la que lideró, en un proceso de primarias, la denunciante para ser secretaria general del partido.

"En tales circunstancias, no es de extrañar que en ese periodo, julio del 2018, acudiera a un psiquiatra y le diagnosticaran un trastorno ansioso depresivo generalizado relacionado con el ambiente laboral", añade la sentencia.

En este proceso, Blanco se enfrentaba a una petición de pena de la Fiscalía de diez meses de cárcel y multa de 5.400 euros.

Contra la sentencia absolutoria cabe recurso de apelación.

 
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