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9 años de inhabilitación para el alcalde de Ribamontán al Monte por contratar un arquitecto sin proceso

La Audiencia de Cantabria condena al regionalista por esta actuación pero lo absuelve en otros cinco expedientes

El alcalde de Ribamontán al Monte, Joaquín Arco durante el juicio celebrado en la Audiencia de Cantabria.

El alcalde de Ribamontán al Monte, Joaquín Arco durante el juicio celebrado en la Audiencia de Cantabria.

La Audiencia de Cantabria ha condenado a nueve años de inhabilitación para cargo público por un delito de prevaricación administrativa al alcalde de Ribamontán al Monte, Joaquín Arco (PRC), por contratar a un arquitecto municipal sin convocar proceso selectivo alguno.

En una sentencia dada a conocer hoy contra la que cabe recurso de apelación ante la sala penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la Audiencia absuelve a este regidor por su actuación en otros cinco expedientes por los que fue juzgado.

Por eso, el tribunal elimina la continuidad delictiva que pedían las acusaciones y le condena como autor de un delito de prevaricación administrativa.

Según los hechos probados que se recogen en la sentencia, el alcalde de Ribamontán al Monte decidió contratar y sin tramitar expediente alguno a un arquitecto técnico, a pesar de que había concluido el contrato menor en virtud del cual había sido contratado el año anterior.

Tratándose de un contrato menor, no es prorrogable, circunstancia de la fue informado el regidor por la secretaria interventora y, pese a ello, "el acusado lo contrató sin formalidad alguna y sin cobertura legal alguna", destaca la sentencia.

Así, dictó un decreto de Alcaldía en el cual, tras manifestar conocer los informes de la secretaria interventora, ordenó subsanar las deficiencias advertidas "arbitrándose las medidas necesarias para evitarlas en lo sucesivo, resolver las discrepancias y levantar los reparos".

Pero lo hizo "sin subsanar absolutamente nada, sin resolver las discrepancias ni adoptar medida alguna", y "ordenó pagar las nóminas del técnico, al que contrató por confiar en él", añade la Audiencia.

Levantó reparos

Así, en el pleno que se celebró meses después, el alcalde votó a favor de levantar los reparos de legalidad "a pesar de que era perfecto conocedor de que el pago de las nóminas contravenía la ley".

Para la sala, en este caso, los acuerdos se adoptaron "con intención deliberada y plena conciencia de la ilegalidad del acto realizado".

Sin embargo, el relato de hechos también recoge su actuación en otros cinco expedientes por los que fue acusado tanto por la Fiscalía como por la acusación particular.

En todos ellos, el tribunal concluye que no cometió delito de prevaricación, ya que fue asesorado legalmente y en unas ocasiones actuó conforme a derecho mientras que en otras lo hizo en el convencimiento de que estaba cumpliendo la ley.

 

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