El TSJC avala la eutanasia de Noelia pero reconoce el derecho de su padre a recurrirlo y alargar el sufrimiento de la joven
Los magistrados se desentienden de la parálisis judicial de la muerte de la paciente y reducen la agonía que le supone la espera a una mera "insatisfacción"

La sede del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. / ACN

Barcelona
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) bendice la parálisis judicial que mantiene a Noelia ingresada en un hospital y sedada por el dolor que padece, mientras espera, un año después, que la justicia permita su muerte digna a la que se opone su padre. En una sentencia adelantada por la Cadena SER, el TSJC ha avalado la eutanasia de esta joven parapléjica cuya muerte asistida fue aprobada por todos los médicos, pero también da parcialmente la razón al padre y a la entidad que le representa, los ultracatólicos Abogados Cristianos.
El alto tribunal catalán reconoce el derecho del padre de la joven a oponerse a la eutanasia, recurrirla hasta que sea firme y seguir así, a la práctica, alargando por vía de recursos judiciales el sufrimiento de Noelia, que lleva meses sedada de forma subcutánea porque el dolor le impide dormir. En la resolución, los magistrados se desentienden de la parálisis judicial de la eutanasia de la joven y minimizan la agonía que está suponiendo para ella la espera.
"Somos conscientes de que la mencionada postergación de la ejecución de una resolución administrativa positiva de la eutanasia puede generar insatisfacción en la persona que la ha solicitado", escriben. "Dada la irreversibilidad de acto y su importancia, es previsible la concesión de medidas cautelares que serán mantenidas hasta la firmeza de la sentencia. Sin embargo, hemos de descartar que se trate de un efecto que esté al alcance de los órganos judiciales evitar", concluyen.
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Los sufrimientos de Noelia: "graves, crónicos e imposibilitantes"
La sentencia, de nuevo, confirma que Noelia merece la eutanasia, algo que ya han reiterado todos los médicos que la han tratado así como una jueza contenciosa de Barcelona. El TSJC confirma que la joven padece sufrimientos "graves, crónicos, constantes e imposibilitantes, además de no existir posibilidad de mejora con los medios terapéuticos actuales". El tribunal añade que "la lesión en la columna vertebral genera, de manera irreversible, entre otros, dolor neuropático de difícil control farmacológico".
Además, en contra de lo que alegaba el padre de la joven, los magistrados de la sala de apelaciones también reconocen que la paciente pidió la eutanasia de forma "libre, sin injerencia ni influencia de su propia enfermedad mental" y que "sus capacidades de saber, discernir y ejecutivas están conservadas".
"Los padres ejercitan un interés legítimo en mantener con vida a sus hijos"
Uno de los debates de más trascendencia ha sido el de la legitimidad de terceros a oponerse a una muerte asistida y aprobada por los médicos, dado que la ley de la eutanasia no lo contemplaba ni recogía. La lectura favorable que ha hecho hasta ahora el TSJC puede abrir la puerta, según advierten los expertos, a vaciar de sentido la ley de la muerte digna para aquellos con familiares ultracatólicos o en contra de esta prestación.
El Superior de Justicia insiste, como ya hizo en otro caso paralelo, en defender la legitimidad de familiares a oponerse y recurrir la eutanasia aprobada de un pariente. "Es claramente identificable que la relación de padres e hijos conlleva un abanico de derechos y obligaciones, incluso después de haber alcanzado los hijos la mayoría de edad", reza la resolución, que pone varios ejemplos de ellos.
"Los padres son sucesores forzosos y legitimarios de sus hijos; son responsables de los gastos funerarios. Pueden reclamarles alimentos en caso de necesidad, (...) y pueden ser aquellos a los que corresponda la prestación de consentimiento en una intervención médica, cuando la persona carezca de representante legal y no sea capaz de tomar decisiones, o su estado físico o psíquico no le permita hacerse cargo de la situación", enumera la sentencia.
Con el mismo espíritu, asumen que también están legitimados para oponerse a la decisión de morir: "No cabe descartar de manera absoluta la legitimación judicial de los padres como ejercitantes de un interés legítimo en que sus hijos permanezcan con vida". "Se trata de un interés que puede incluso entrar en aparente colisión con las preferencias exteriorizadas, en este caso, por su hija", escriben los jueces, que definen la relación de Noelia con su padre como "correcta", cotidiana", "propia de padre e hija, aun los precedentes que se quieran", a pesar de que el hombre renunció a la tutela de la joven cuando esta era menor de edad.
Abogados Cristianos anuncia recurso
Abogados Cristianos, que ejerce de demandante, ha enviado un comunicado en el que "celebra que la sentencia sea parcialmente estimatoria puesto que se reconoce el derecho de los familiares a recurrir cuando no estén de acuerdo con la eutanasia", lo que consideran "tremendamente importante porque supone un cambio radical para cualquier solicitud de eutanasia". Los ultracatólicos consideran también que "esta sentencia abre la puerta a que los familiares puedan recurrir las autorizaciones de eutanasia".

Andrea Villoria
Responsable de Tribunales y Sucesos de la SER en Cataluña




