El TSJCV reconoce que el Arzobispado debe de compensar al Ayuntamiento de Oliva por las obras inacabadas del Centro Ecuménico
El arzobispado deberá ingresar casi un millón y medio de euros a las arcas municipales
El TSJCV reconeix que l’Arquebisbat de València deu compensar a l’Ajuntament d’Oliva per les obres inacabades del Centre Ecumènic
Oliva
El TSJCV reconoce que el Arzobispado de València debe de compensar en el Ayuntamiento de Oliva con 1.436.624,93 € por las obras inacabadas del Centro Ecuménico
El concejal de Urbanismo, Patrimonio y Contratación, Joan Mata, informa que el Ayuntamiento de Oliva ha ganado una importante Sentencia judicial en el TSJCV (Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sección Primera, n.º 662/2025, de fecha 17 de diciembre de 2025) frente al Arzobispado de València, por las obras inacabadas del Centro Ecuménico.
En esta Sentencia, el TSJCV reconoce que el Ayuntamiento de Oliva tiene derecho a que, ya resuelta la cesión de la parcela por incumplimiento de los plazos para la edificación del Centro Ecuménico, esta parcela debe de revertir a la posesión municipal en el estado original o bien ser compensado el Ayuntamiento por el valor del detrimento experimentado en el bien consecuencia de la estructura de hormigón que allí permanece. El Tribunal considera que el Arzobispado de València tiene que compensar en el Ayuntamiento con 1.436.624,93 €. En este momentos, el Arzobispado ha interpuesto recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Décadas de controversia
El Pleno municipal celebrado el 6 de septiembre de 1998 acordó la cesión gratuita de la parcela (sector 2, PAU Oliva Nueva, parcela D-2) a favor del Arzobispado de València para la construcción del templo y Centro Ecuménico. El Arzobispado de València inició las obras, pero tuvo que abandonarlas de forma prematura, habiéndose ejecutado tan solo el 10’88% de la obra proyectada. Así, la parcela quedó en un estado de abandono.
El Pleno de 14 de marzo de 2006 acordó la reversión del solar en manos del Ayuntamiento de Oliva, por incumplimiento de los plazos establecidos para la construcción del templo y centro ecuménico. En este momento, empieza un auténtico rosario judicial para determinar si la estructura de hormigón tenía que ser demolida o no y si el Arzobispado tenía que compensar o no en el Ayuntamiento de Oliva por los detrimentos en la parcela consecuencia de las obras inacabadas.
La última Sentencia fue la de Instancia del año 2023 (Sentencia n.º 32/23, de 2 de febrero de 2023, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Cuatro de València en el recurso contencioso-administrativo encomendero número 77/2021), en la cual el Juzgado daba la razón al Arzobispado al otorgar mayor valor probatorio a las pruebas presentadas por este, considerando que no se había producido ningún detrimento patrimonial para el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento ha conseguido pegarle la vuelta en la apelación ante el TSJCV
La Sentencia dictada el 17 de diciembre de 2025 ha reconocido que el Ayuntamiento de Oliva no tiene que soportar el coste del detrimento sufrido en el solar de su propiedad por las obras inacabadas del centro ecuménico, al haber sido una responsabilidad del Arzobispado la imposibilidad de haber finalizado las obras.
Así las cosas, y acreditado este detrimento, la controversia jurídica también ha determinado el importe exacto de este, cuantificándolo en 1.436.624,93 € a favor del Ayuntamiento de Oliva, al sufrir este un acondicionamiento objetivo de su capacidad para ejercer con plena libertad sus consecuencias urbanísticas sobre la parcela, generándose, además, una carga económica de conversión que el Ayuntamiento no está obligado a soportar.