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La Delegación "vulneró la presunción de inocencia" de un manifestante

Considera que la Delegación del Gobierno en Madrid no puede demostrar que los agentes que ratificaron la denuncia fueron los que apercibieron al manifestante

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid ha anulado la multa de 300 euros que la Delegación de Cristina Cifuentes impuso a un manifestante por participar en una concentración no comunicada en la Puerta del Sol el 27 de abril del año pasado

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid ha anulado la multa de 300 euros que la Delegación del Gobierno de Cristina Cifuentes impuso a un manifestante por participar en una concentración no comunicada en la Puerta del Sol el 27 de abril del año pasado.

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Según el expediente, los agentes desplazados a Sol identificaron a esta persona, le pidieron que abandonara el lugar de la concentración y se encontraron con una negativa. En consecuencia, fue acusada de un presunto delito de desobediencia por el que se le impuso una multa de 300 euros. Una sanción económica que esta persona recurrió. La sentencia que ahora le da la razón señala en sus fundamentos de derecho que "el interesado negó que se le hubiera comunicado que abandonara el lugar, acompañando dos declaraciones juradas de personas presentes que así lo atestiguan, personas que han testificado en el mismo sentido".

En estos casos, cuando la persona sancionada niega los hechos recogidos en el expediente, el procedimiento exige que los agentes que "personal y directamente identificaron y requirieron al actor para que abandonara el lugar" ratifiquen la denuncia.

Pero en el informe del caso sólo aparece el número de identificación del jefe de la unidad, "figurando el recurrente en la relación que se encabeza 'Filiados indicativo Puma 60'". Y por eso, no hay forma de saber si los agentes que ratificaron la denuncia fueron los que realmente apercibieron a esta persona. Lo que en términos jurídicos se expresa así en la sentencia: "se manifiesta que lo identificaron efectivos dependientes del Puma 60, desconociéndose quiénes fueran tales agentes concretamente y si coinciden o no con los titulares de los carnets que formularon la ratificación".

Por todo esto, el juzgado anula la multa "por vulnerar el derecho fundamental a la presunción de inocencia del recurrente, con imposición de costas a la parte demandada". La Delegación del gobierno puede presentar un recurso de apelación contra esta sentencia en los próximos 15 días.

"Ellos no hacen constar en el informe qué agente de policía identifica a los supuestos infractores, y no hay forma de demostrar que los que ratifican la denuncia son los mismos", explica Eric Sanz de Bremond, miembro de la Comisión Legal de Sol, y abogado defensor del demandante. En su opinión, la Delegación de Cifuentes está llevando a cabo identificaciones masivas e indiscriminadas para asustar a las personas que participan en protestas no comunicadas y disuadirlas de apoyar estas concentraciones.

Advierte que "el 80% de las multas que hemos recurrido por hechos similares se encuentran en la misma situación", por lo que, a la vista de esta sentencia, la justicia podría anularlas. Según sus datos, hay unos 800 recursos en marcha por sanciones como esta.

 
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