Sociedad

¿Qué probabilidades hay de que se repita el juicio del caso Carrasco?

El catedrático de Derecho Penal de la Universidad de León Miguel Díaz y García Conlledo analiza los recursos presentados por las partes en el Tribunal Supremo

Imagen de la vista pública en el Tribunal Supremo / Chema Moya EFE

León

En uno de los recursos expuestos este miércoles en el Tribunal Supremo a la sentencia del TSJ sobre el caso Carrasco, la defensa de la policía local Raquel Gago ha solicitado que se repita el juicio por haberse producido un "error de ley" durante el proceso. Fermín Guerrero alude a la sentencia de la Audiencia Provincial, en la que el Magistrado Presidente del Tribunal Carlos Álvarez enmendó el veredicto del jurado popular en lo referente a la participación de Gago en el crimen, atribuyéndose el error de haber confundido al jurado. "Es algo muy peculiar", apunta el Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de León Miguel Díaz y García Conlledo

Entrevista a Miguel Díez y García Conlledo, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de León

07:51

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El doctor Díaz asegura que, de hecho, el caso Carrasco ha sido complicado desde un principio. Primero, por el carácter novelesco de los propios hechos; después por su elevado grado de mediatización y por último por esta anomalía jurídica a la que ahora se agarra la defensa de Raquel Gago para repetir todo el proceso. Sin embargo, en su experiencia, el catedrático ve "muy difícil" que esta petición prospere. "De haber prosperado en algún sitio habría sido en el TSJ. Las causas (para la repetición) están muy tasadas en la Ley"

¿Tenencia ilícita de armas?

Respecto al resto de recursos, Díaz recuerda que es muy común que las defensas planten batalla hasta la última instancia aunque las posibilidades sean remotas "Que recurran las otras partes es lógico. Buscan rebajar la responsabilidad penal de las acusadas". Sin embargo no es tan habiitual el recurso de casación del fiscal, que en este caso busca elevar la pena para Raquel Gago en dos años más por un delito de tenencia ilícita de armas de la que fue absuelta por el TSJ. Para el catedrático, que ha publicado varias obras centradas precisamente en la autoría y participación en los delitos, el supuesto papel de Gago en los hechos "No reúne los requisitos del tipo penal de la tenencia ilícita de armas, que requiere que exista un peligro para los bienes jurídicos derivado de esa posesión". Algo que a su juicio no se produce al estar el arma quieta dentro del coche. Es más, considera que supondría "penar doblemente" a la policía local ya que la forma en la que estuvo el arma en su poder es la que se contempla en el tipo penal del encumbrimiento o en la cooperación, en la que puede por tanto subsumirse. De todas formas, aclara el catedrático, esta es solo una interpretación personal.

Pablo F. Bodega

Redactor de Radio León

 
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