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Caso de los ERE

"No hay un solo indicio incriminatorio contra Manuel Chaves"

Su defensa solicita la absolución del expresidente andaluz porque asegura que nunca conoció cómo se pagaban las ayudas de los ERE

El expresidente socialista andaluz Manuel Chaves escucha a su abogado Pablo Jiménez de Parga durante su intervención hoy en la sala de la Audiencia de Sevilla, con la que se ha abierto el turno de las defensas de los 21 ex altos cargos de la Junta de Anda / Raul Caro EFE

Sevilla

No hay pruebas, después de celebrar el juicio, para condenar al expresidente de la Junta, Manuel Chaves, por un delito de prevaricación, ha mantenido su abogado ante el Tribunal. “No hay un solo indicio incriminatorio contra Manuel Chaves”, ha señalado el letrado Pablo Jiménez de Parga. Chaves desconocía cómo se pagaban las ayudas investigadas, no podía estar pendiente de una partida presupuestaria que representaba el 0,32 % del presupuesto andaluz y no conoció ninguno de los informes de la Intervención donde se advertían las irregularidades porque el interventor general nunca emitió el llamado informe de actuación que, por ley, hubiera llegado al Consejo de Gobierno.

Jiménez de Parga:" nada hay en la causa que permita concluir que Chaves tuvo conocimiento de las advertencias de la Intervención"

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El presidente andaluz era conocedor de los grandes conflictos sociales que había en Andalucía y sabía que la Junta tenía una línea de ayudas para las empresas que estaban en crisis, ha explicado Jiménez de Parga. “Yo conocía las grandes decisiones políticas, yo intervenía en esas decisiones, lo que no intervenía en modo alguno era en cómo se articulaban las soluciones”, ha afirmado poniendo en su boca lo declarado por Chaves en este juicio. "No hay indicios de que tuviera conocimiento de irregularidad o de alguna advertencia de la Intervención".

El abogado Pablo Jiménez de Parga (6i), que representa al expresidente socialista andaluz Manuel Chaves, durante su intervención en la sala de la Audiencia de Sevilla / Raul Caro

El expresidente desconocía “el procedimiento concreto por el que se concedían esas ayudas porque no era esa su competencia”. La defensa ha puesto en entredicho las tesis del fiscal en numerosas ocasiones. “El fiscal afirmó de forma genérica que no se puede exigir que el presidente de la Junta conozca todos los expedientes; pero no es lógico decir que no conocía nada de las decisiones importantes. Es una afirmación genérica que carece del más mínimo apoyo probatorio. Decir eso y no decir nada no tiene grandes diferencias”. “No ha quedado desvirtuado lo declarado por el expresidente”, ha reiterado durante su exposición.

Las modificaciones presupuestarias que aprobó Chaves para aumentar la partida 31 L, con la que se abonaron las ayudas socio laborales y directas a empresas, siempre contaron con los informes favorables de la Intervención, ha recordado. “Habían seguido todos los trámites preceptivos” y llegaban al Consejo de Gobierno en índice verde. “Lo que quiere decir que se aprueban automáticamente sin deliberación”, ha informado el abogado.

Pablo Jiménez de Parga ha defendido que las leyes de presupuestos prevalecen sobre la Ley General de la Hacienda Pública o sobre la Ley de Subvenciones por el denominado principio de especialidad, “que ha establecido la doctrina del Tribunal Constitucional”. Por tanto, ha argumentado, si esas leyes indicaban que se pagaran las subvenciones mediantes transferencias de financiación de la consejería de Empleo a la agencia pública IDEA era así como había que hacerlo.

El abogado Pablo Jiménez de Parga, que representa al expresidente socialista andaluz Manuel Chaves, durante su intervención hoy con la que se ha abierto el turno de las defensas de los 21 ex altos cargos de la Junta de Andalucía juzgados en la pieza polít / Raul Caro

En todo caso, ha dicho, se podría plantear la inconstitucionalidad de esas leyes de presupuestos, cosa que no han hecho las acusaciones.

El letrado ha explicado que el delito de prevaricación administrativa solo puede aplicarse a lo que el Supremo considera "resoluciones". "Los acuerdos de Consejo de Gobierno sobre los proyectos de ley de presupuestos no son resoluciones porque no suponen una decisión administrativa. Son actos de Gobierno, Actos preparatorios de una decisión parlamentaria posterior", ha señalado. En esos proyectos de ley se incluía la fórmula supuestamente irregular con la que se pagaban los ERE.

"Las modificaciones presupuestarias", que aprobó Manuel Chaves tampoco son resoluciones para el abogado. Y si lo fueran "no constituyen una resolución arbitraria porque contaban con los informes preceptivos".

El abogado de Manuel Chaves también ha denunciado que los peritos de la Intervención General del Estado, que han elaborado el informe pericial para el juzgado, fueron “designados a dedo” por los responsables de ese organismo, y “cuyo director general fue nombrado a su vez por el Consejo de Ministros que presidía Rajoy”.

Manuel Chaves está acusado de un supuesto delito de prevaricación. Anticorrupción solicita para él 10 años de inhabilitación.

 
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