"Faltar al trabajo por un retraso en el vuelo o el barco puede ser indemnizable"
Consubal explica que lo más rápido y efectivo es reclamar ante los juzgados por daños y perjucios
Palma
"Faltar al trabajo o a una reunión imporante por culpa de un retraso en nuestro vuelo o del barco puede ser indemnizable". La asociación de consumidores Consubal recuerda que en este tipo de casos en los que el retraso supera las cinco horas el usuario tiene derecho a ser compensado por daños morales.
El portavoz de Consubal, Alfonso Rodríguez, explica que lo más rápido y efectivo es reclamar ante los juzgados por daños y perjucios. Eso sí, admite que las compañías de transporte por norma general suelen denegar este tipo de denuncias.
Las reclamaciones en las cancelaciones o retrasos de las compañías de transporte marítimo son similares a las aerolíneas. De modo que cualquier pasajero que sufra un retraso de más de tres horas tiene derecho a ser compensado, además si el vehículo que transportaba el buque o el equipaje ha sufrido daños también deberá recibir una indemnización.
Por otro lado, cuando se produzcan catástrofes naturales por fuerte viento o inundaciones en el hogar las indemnizaciones las tiene que realizar el consorcio de seguros. Hay que tener en cuenta que solo podremos tener derecho a recibir una compensación si tenemos una póliza de hogar contratada. De este modo, el usuario debe hacer un inventario y fotos de los daños y ponerse en contacto con la compañía de seguros.