El TSJC rechaza que Gloria Moreno acceda a la información reservada que condujo a su expediente
Se avala así la decisión del General jefe de la Guardia Civil de Canarias, imponiéndole además a la sargento del Seprona el abono de las costas judiciales. La sentencia puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo

La sargento del Seprona en Lanzarote Gloria Moreno / EFE

Canarias
La Sala de lo contencioso administrativo, sección primera, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado que la guardia civil de Lanzarote Gloria Moreno pueda acceder a la información reservada que acabó derivando en un expediente en su contra.
Así lo recoge la sentencia fechada a 29 de junio en la que se falla en contra de la demandante y avala la decisión del General jefe de la Guardia Civil de Canarias, imponiéndole el abono de las costas judiciales a la parte demandante. La sentencia puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.
El TSJC considera que "una cosa es el expediente propiamente dicho y otra una actuación previa que en nada afecta a la esfera de intereses, tampoco jurídicos, de quien reclama tal conocimiento".
Además, la carga con las costas al considerar que sobre esta misma disquisición ya se ha pronunciado el Tribunal militar territorial I así como la jurisprudencia de la Sala de lo militar del Tribunal Supremo.
En estos textos legales, se ha detallado "repetidamente que la información previa no tiene carácter de procedimiento sancionador, siendo su finalidad únicamente realizar las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos".
La agente, adscrita al Seprona, ha estado inmersa en varios procedimientos sancionadores, resueltos a su favor, que ella achaca a una persecución por denunciar una posible pero no demostrada relación entre compañeros del Cuerpo y cazadores furtivos de la isla.




