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La JEC avala que los contagiados de coronavirus no puedan votar para "evitar la indeseada propagación"

Reitera al Gobierno Vasco que mantenga, "con especial cuidado", las medidas necesarias para garantizar el voto, "preservando la salud"

La Junta Electoral Central reitera al Gobierno Vasco que mantenga, "con especial cuidado", las medidas necesarias para garantizar el voto, "preservando la salud" / VINCENT WEST REUTERS

Bilbao

La Junta Electoral Central ha avalado este sábado las medidas adoptadas por el Gobierno Vasco para "evitar la indeseada propagación" del coronavirus que, en su opinión, buscan "salvaguardar el derecho a la vida" de la ciudadanía, al establecer que los contagiados por la covid no vayan a votar este domingo. Además, ha reiterado al Gobierno Vasco que mantenga, "con especial cuidado", las medidas necesarias para garantizar el derecho el voto, pero "preservando la salud" de los ciudadanos.

Según ha informado el Ejecutivo Vasco esta mañana, alrededor de 160 personas adultas con coronavirus activo en Euskadi no podrán ir a votar este domingo y, si lo hacen, cometerán delito contra la salud publica, que podrá ser penalizado.

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La coalición Elkarrekin Podemos-IU ha recurrido el acuerdo de la Junta Electoral de Euskadi que impedía ir a votar a las personas contagiadas por la covid-19. Además, ha pedido que se habiliten "las medidas necesarias" para que todos puedan votar "en condiciones de seguridad sanitaria".

En su resolución de hoy, la Junta Electoral resalta "la eficacia y la validez" del acuerdo que ya adoptó el pasado 9 de julio en el que daba el visto bueno a las medidas del Gobierno Vasco. Aunque de forma no definitiva y hasta la resolución del recurso, este órgano electoral apunta que no existen datos que permitan entender que las decisiones adoptadas por la administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco "tengan como fin último privar a las personas de su ejercicio del derecho al voto".

A su juicio, sus medidas, "de manera motivada, proporcionada y adecuada, responden a la finalidad de salvaguardar otro derecho fundamental esencial, el derecho inviolable a la vida e integridad física de las personas", consagrado en el artículo 15 de la Constitución Española, "derecho que también es fundamento del orden político y de la paz social", según el artículo 10.1 de la Carta Magna.

Ante una enfermedad contagiosa grave

Asimismo, considera que las decisiones del Gobierno Vasco pretenden "evitar la indeseada propagación de una enfermedad contagiosa grave que motivó ya la adopción de importantes medidas restrictivas de derechos fundamentales mediante la declaración del estado de alarma".

En todo caso, la Junta Electoral Central reitera al Gobierno Vasco "la necesidad de que mantenga, con especial cuidado, todas las medidas necesarias para garantizar la efectividad del derecho de sufragio, preservando la salud de los ciudadanos".

La resolución ha sido remitida a la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, al Gobierno Vasco y a todos los representantes de las formaciones políticas.

 
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