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Demandas

Un padre debe retirar fotos de redes sociales de su hija, tras una demanda de la madre de la menor

El padre accedió a retirar las fotografías de internet, al ser notificado de la demanda interpuesta por su expareja y madre de la niña

Redes sociales en un dispositivo móvil / Cadena SER

Irun

Un padre de la localidad irunesa ha tenido que borrar fotografías de su hija, la cual es menor, que había subido a diferentes redes sociales, esta situación se ha producido tras llegar a un acuerdo con su expareja y madre de la niña, quien le había interpuesto una denuncia por desoír sus peticiones. 

La madre decidió recurrir a la vía legal el 24 de junio de 2019, solicitando la apertura de un expediente de jurisdicción voluntaria por desacuerdos en el ejercicio de la patria potestad ante el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Irun (Gipuzkoa).

Como hemos podido conocer, la mujer trató en repetidas ocasiones de que el padre eliminara estas fotografías de Facebook y de su estado de WhatsApp. Esta práctica, conocida como "sharenting", consiste en el uso de estos medios telemáticos por los progenitores para difundir información sobre sus hijos, menores de edad, una actuación que, según los casos, podría llegar a conculcar los derechos de los pequeños.

En nuestro país es necesario el consentimiento de ambos padres para hacerlo, sin perjuicio de que exista una relación de pareja o de si esta está rota, y con independencia de quién tenga la custodia, salvo en casos de privación de la patria potestad. En su escrito al juzgado, la madre reclamó que se prohibiera al padre publicar en internet nuevas imágenes de la niña, que por entonces contaba tres años, así como que se le obligara a retirar las que hubiera colgado con anterioridad.

El padre al tener conocimiento de la apertura de tal proceso judicial, accedió a las peticiones de la madre y procedió a la eliminación de las imágenes. El auto determinaba que ambas partes se comprometen a "no publicar imágenes de la menor en redes sociales y eliminar las ya existentes" lo que "garantiza la protección y la defensa de los intereses" de la niña.

 
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