Economia y negocios

Un juzgado anula dos multas tras tumbar el Tribunal Supremo Madrid Central

Los juzgados comienzan a anular las multas de Madrid Central tras el reciente auto del Supremo al estimar los recursos de los sancionados

Dos señales de Madrid Central en la carretera. / A. Pérez Meca - Europa Press

Madrid

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 34 de Madrid ha anulado dos multas impuestas a conductores por acceder a Madrid Central sin autorización en aplicación de la decisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid de anular las restricciones en esta zona, confirmada por el Supremo.

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De esta forma los juzgados comienzan a anular las multas de Madrid Central tras el reciente auto del Supremo al estimar los recursos de los sancionados por el Ayuntamiento de Madrid en dos casos ganados por Susana Sagra, abogada de Pyramid Consulting, ha informado esta empresa. El juzgado recuerda que el TSJ de Madrid anuló en julio del año pasado el régimen y funcionamiento de la zona de bajas emisiones Madrid Central tras estimar parcialmente recursos presentados, entre otros, por la Comunidad de Madrid, el PP y Pyramid Consulting.

Explica que la anulación se debió, entre otros, por defectos de forma del artículo 23 de la ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en 2018, que regula la zona de bajas emisiones Madrid Central y la disposición adicional sobre los requisitos ambientales para el acceso a la zona.

Añade que el Supremo dictó el pasado 29 de abril un auto en el que no admite el recurso de Ecologistas en Acción contra la sentencia del TSJM. En los casos resueltos por el citado juzgado se explica que las multas, de 90 euros cada una, se impusieron al amparo del artículo 23 de la ordenanza municipal que el TSJM anuló, por lo que "no cabe más que anular la sanción en cuanto que es consecuencia de un precepto anulado". De esta forma ya se han dictado las primeras sentencias en aplicación de la resolución del Supremo, que ratificó el fallo del TSJM, que anuló los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 de la citada ordenanza municipal.

 
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