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El euskera será la "lengua de uso normal y de trabajo" en las administraciones vascas

El nuevo proyecto de Decreto por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en el sector público, afecta no solo a la administración, sino también a las sociedades públicas, y crea nuevos perfiles intermedios

Oficinas del Gobierno Vasco

El nuevo proyecto del 'Decreto por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi' regula los planes de normalización lingüística en todas las administraciones vascas, pero esta vez incluye también a los diferentes organismos autónomos, consorcios, fundaciones, empresas, asociaciones o de cualquier otra naturaleza que incluye como entidades del Sector Público Vasco. A todas ellas será de aplicación este decreto que tiene por objeto regular la planificación lingüística y el sistema de perfiles lingüísticos de los puestos de trabajo de estas entidades.

En la actualidad, el porcentaje de trabajadores de las instituciones que tienen acreditado el perfil lingüístico de su puesto de trabajo es el 70% frente al 23% que existía en 1993.

El proyecto sitúa el euskera como lengua de servicio y de trabajo de uso normal y general, y, aunque no limita el uso de otras lenguas oficiales, recoge expresamente que "todo el personal que desempeñe puestos de trabajo en los que el conocimiento del euskera sea preceptivo, utilizará el euskera como lengua de trabajo y de uso".

En este sentido, el texto contempla que las pruebas selectivas para acceder a un puesto en el que el euskera sea preceptivo, esto es, indispensable, podrán desarrollarse únicamente en euskera y establece que el nivel B2 será el mínimo de expresión oral exigible para todos aquellos puestos que conlleven relaciones verbales habituales con la ciudadanía.

Los nuevos perfiles lingüísticos intermedios

El proyecto de decreto recoge los perfiles habituales hasta el momento, pero crea como novedad los perfiles lingüísticos intermedios. A partir de ahora se harán constar de forma diferenciada los niveles de expresión oral y escrita asignados a cada puesto y se podrá asignar un perfil intermedio combinando diferentes niveles de expresión oral y escrita. Esto es, para un puesto se podrá exigir un nivel B2 en expresión oral y un C1 en escrita o al revés, dependiendo de las características del mismo.

Otra de las novedades que recoge este proyecto hace relación a la manera que tienen los aspirantes para acreditar sus perfiles lingüísticos. Además de los habituales con la presentación de certificados de HABE o con pruebas específicas en los exámenes de acceso, el nuevo texto contempla la exención de la acreditación de perfil lingüístico si se realizan en euskera todas las pruebas del proceso selectivo y éstas son superadas. Una medida que complementa la exención de acreditación de perfil por haber realizado estudios en euskera.

Para el caso de los trabajadores que ya se encuentran trabajando, estarán exentos de contar con el perfil lingüístico requerido para su puesto quienes tengan más de 45 años el primer día del período de planificación en el que se asigne fecha de preceptividad al puesto de trabajo del que son titulares, además de aquellos cuyos estudios no alcancen el bachiller elemental, la EGB o la ESO, los que padezcan alguna discapacidad que les imposibilite lograrlo o aquellos que demuestren carencia manifiesta y contrastada de las destrezas aptitudinales necesarias en el proceso de aprendizaje del idioma.

Excepcionalmente, el proyecto de decreto también recoge la exención de contar con perfil lingüístico a los docentes e investigadores de la UPV-EHU.

Planes estratégicos

Cada entidad diseñará y aprobará su propio plan estratégico y establecerá en su planificación sus criterios de uso de las lenguas oficiales garantizando en todo caso el derecho de la ciudadanía a elegir entre los dos idiomas oficiales en la CAV. Estos planes estratégicos serán motivo de seguimiento y evaluación y el Gobierno Vasco realizará la evaluación del uso y situación del euskera en las entidades del Sector Público Vasco al finalizar cada período de planificación, esto es, cada cinco años.

En este sentido, el texto recoge diferentes medidas a favor del impulso del euskera y determina, entre ellas, que las entidades establecerán cláusulas lingüísticas en sus contrataciones, dirigidas a las contratas y subcontratas, y que deberá hacer un seguimiento e inspección de su cumplimiento.

De hecho, en las disposiciones adicionales, se dirige también a la Administración del estado radicada en la CAV, instándola a poner en marcha también en sus sedes programas y planes de normalización del euskera.

Se crea también la Comisión de Coordinación de Administraciones Públicas, en la que estarán representados el Gobierno Vasco, el Director de HABE, Osakidetza, las tres diputaciones, los ayuntamientos de las tres capitales, EUDEL y UEMA.

Y el proyecto de decreto da de plazo a las entidades del Sector Público Vasco hasta el 1 de enero de 2033 para cumplir con todos los artículos del mismo y marca un plazo de diez años para todas aquellas entidades que se incorporen al Sistema una vez que el decreto haya entrado en vigor.

 
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