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El Supremo revisará el 29 de noviembre las condenas por la ley del 'solo sí es sí'

En la sala de lo penal hay magistrados que apuestan por establecer ya un criterio general, frente a otros que defienden analizar caso a caso

El juez Marchena en una imagen de archivo / Rodrigo Jiménez (EFE)

Madrid

El Tribunal Supremo revisará las primeras condenas por agresión sexual el próximo 29 de noviembre en aplicación de la ley Montero que ha modificado las penas de los delitos contra la libertad sexual al fusionar los delitos de abuso y agresión. La sala de lo penal tiene sobre la mesa tres casos y ya ha dado traslado a las partes para que presenten de nuevo alegaciones ante la entrada en vigor de la nueva ley. Entre esos casos está el de los tres jugadores del Arandina que agredieron a una joven de 16 años. El Tribunal de Justicia de Castilla León rebajó la condena a abusos y condenó a dos de ellos a penas de tres y cuatro años. El tercero resultó absuelto.

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En la sala de lo penal son conscientes de que en cuanto haya decisión se mandará un mensaje a los tribunales inferiores, pero hay quienes se resisten a llamarlo "unificación doctrina", como pretende el Gobierno. De hecho, ni el presidente de sala, Manuel Marchena, ni ningún magistrado ha pedido llevar el asunto a pleno que es donde se deliberan los asuntos de calado.

Ignacio González Vega, magistrado: "Creo que vamos a ver revisiones de pocos casos"

06:24

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Entre los magistrados conviven dos sensibilidades. Un sector que apuesta por fijar, con estos primeros casos, un criterio general como reclama Moncloa, mientras que otro sector defiende que la imposición de la pena es un proceso individualizado que exige revisar caso a caso porque cada uno es distinto. Las fuentes consultadas en el alto tribunal lamentan que de nuevo se haya puesto el foco sobre el Tribunal Supremo que no demoniza ni bendice la ley. Simplemente, la aplica y en ese proceso, reconocen, habrá rebajas en algunos supuestos y en otros, no.

El debate se centra en determinar el alcance de la disposición transitoria quinta del código penal que establece que ninguna pena es revisable cuando quepa imponerla con la nueva ley, frente al principio del derecho penal que establece que la ley favorable al reo se aplica de forma retroactiva.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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