El auto de Llarena enfría las opciones de Junqueras de presentarse a las elecciones
El juez instructor de la causa del 'procés' descarta aplicar a los fugados el tipo atenuado del delito de malversación que establece penas de inhabilitación de hasta seis años
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Oriol Junqueras. / AGENCIAS
Madrid
El juez Pablo Llarena ha dictado el auto que ajusta la investigación por el referéndum ilegal del 1 de octubre a la reforma del código penal que deroga el delito de sedición y descarta aplicar a Carles Puigdemont y el resto de fugados el tipo atenuado de malversación que prevé, en el peor escenario, penas de uno a cuatro años de cárcel y de dos a seis años de inhabilitación para los cargos públicos que, sin ánimo de lucro, dieran a los fondos públicos un uso distinto del que tuvieran previsto. Este nuevo tipo del delito era la alfombra roja para que Oriol Junqueras tuviera opciones de presentarse a las elecciones generales previstas para el año que viene o a las catalanas de 2025.
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Dice Llarena que la malversación no se comete solo cuando uno se lleva el dinero para sí mismo o para terceros porque "el ánimo de lucro resulta igualmente apreciable cuando se despoja a la Administración de unos fondos públicos para atender obligaciones de pago que corresponden al sujeto activo del delito y que están plenamente desvinculadas del funcionamiento legítimo de la Administración, como cuando se atribuye a la Administración una obligación de naturaleza particular y totalmente ajena a los intereses públicos que se gestionan".
Oriol Junqueras fue condenado a 13 años de cárcel y 13 años de inhabilitación para ejercer cargo público. Los indultos conmutaron la pena de prisión, pero no la de inhabilitación que finaliza en 2031. Ahora, necesariamente, tendrá que ser rebajada a la baja, pero los primeros pasos que ha dado el Tribunal Supremo complican que pueda llegar a las próximas citas electorales, salvo que prospere un recurso ante el Tribunal Constitucional.
