Tribunales

Entra en vigor la reforma de los delitos de malversación y sedición

El Supremo tendrá que revisar la sentencia que condenó a algunos de los líderes políticos que encabezaron el proceso independentista catalán de 2017

El presidente de la Generalitat, Pere Aragonés, junto a Oriol Junqueras. / Europa Press News

Madrid

Desde este jueves 12 de enero ya no existe el delito de sedición en España, que se sustituye por nuevo tipo penal denominado desórdenes públicos agravados, con penas de hasta 5 años de cárcel (rebaja los 15 de pena máxima que contemplaba la sedición). La pena por malversación se rebaja para aquellos que desvíen dinero público, pero que no se lucren a título personal (en ese caso se prevé un máximo de 4 años de cárcel).

Retirado el delito de sedición contra Puigdemont

La primera consecuencia de la entrada en vigor de esta reforma es que el magistrado Pablo Llarena, que instruye en el Supremo la causa por el proceso de independencia de Cataluña, ha aplicado al expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont la derogación del delito de sedición pero mantiene su procesamiento por malversación y desobediencia. En su auto considera que la derogación plantea un "contexto cercano a la despenalización" de los hechos investigados al no encajar en desórdenes públicos. El instructor deja sin efecto las euroórdenes actuales por sedición pero ordena la busca y captura de Puigdemont así como de los exconsellers Toni Comín y Lluis Puig por malversación y desobediencia.

Otra de las consecuencias será la revisión de la condena que el Tribunal Supremo dictó contra varios miembros del Govern catalán por el procés, entre ellos al exvicepresidente Oriol Junqueras, sentenciado a 13 años de prisión y otros tantos de inhabilitación y que, como el resto, fue indultado parcialmente por el Gobierno.

Las defensas creen que la reforma del código penal abre la vía de la absolución, convencidos de que los hechos probados no encajan ni en los nuevos desórdenes públicos ni tampoco en la malversación al defender que nunca se causó un perjuicio al erario público. Los abogados de los líderes independentistas harán una petición de máximos al considerar que la reforma del código penal despenaliza el procés. En el peor escenario admiten la inhabilitación de uno a tres años porque consideran que no hubo entorpecimiento de los servicios públicos. Sin embargo, también la Fiscalía estudia una petición de máximos. Estudia atribuir los delitos de desórdenes públicos agravados, desobediencia y malversación para los dirigentes que desviaran dinero público. Las penas por inhabilitación podrían alcanzar los ocho años con lo que en el caso de Oriuol Junqueras no podría presentarse a las elecciones del año 2025.

Otras causas

Otras causas de corrupción pueden verse afectadas por las rebajas en las penas de malversación. La Fiscalía prepara ya una instrucción con el objetivo de fijar un criterio único que aplicar en las revisiones de las condenas por malversación y en tribunales como la Audiencia Nacional ya le han requerido que revise su escrito relativo al caso Acuamed en función de la reforma.

El Gobierno ya se prepara para este frente que se abre con las rebajas de condena que puedan producirse a partir de hoy. Félix Bolaños, ministro de la Presidencia, ve lógico que los jueces y las partes analicen si la reforma del código penal les afecta. El ministro defiende que las penas ahora son más duras "para los corruptos".

Entra en vigor la reforma del delito de malversación y de sedición

Entra en vigor la reforma del delito de malversación y de sedición

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