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Cómo librarse de la mesa electoral en las elecciones europeas 2024: esta es la fecha límite para presentar la renuncia

Las personas que formarán parte de las mesas electorales ya han recibido la notificación para el próximo 9J

Cada mesa electoral está formada por un presidente/a y dos vocales que podrán comunicar su ausencia justificada antes del próximo sábado, 25 de mayo. / Quique García (EFE)

Los comicios europeos se celebran entre el próximo 6 y el 9 de junio. En el caso de España, las votaciones se celebrarán el domingo, 9 de junio y, como es habitual en las elecciones convocadas en nuestro país, los ciudadanos podrán ejercer su derecho a voto desde las 9:00 horas hasta las 20:00 horas. Durante este tiempo -y en las horas previas y posteriores- estarán trabajando activamente los presidentes y vocales de cada mesa.

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Los ciudadanos que hayan sido convocados para ejercer esta labor crucial en las jornadas electorales, ya habrán recibido en su buzón la correspondiente notificación. Esta carta se envió a los ciudadanos antes del pasado sábado, 18 de mayo. Por ello, si no ha llegado a tu buzón esta carta, te habrás librado de tener que estar presente en el colegio electoral durante todo el 9 de junio.

Para quienes sí hayan sido notificados, es importante saber que la presencia es obligatoria y la ausencia sin causa justificada está considerado delito. En caso de no personarse en el colegio correspondiente, la Policía o Guardia Civil pueden presentarse en tu domicilio. Además de este requerimiento por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, hay también sanciones económicas. Las multas a las que te arriesgas son de 6 a 24 meses con cuantías que, por regla general, van de los 2.000 a los 7.000 euros aproximadamente. Asimismo, según el artículo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, esta ausencia puede llevar aparejadas penas de prisión de entre 3 meses y un año.

¿Qué tengo que hacer si no puedo acudir a la mesa electoral el próximo 9J?

La ley electoral recoge algunos supuestos considerados para poder librarse de la mesa electoral. Por ello, quienes sean mayores de 65 años, sufran alguna enfermedad o, por ejemplo, tengan que ejercer un trabajo considerado dentro de los supuestos que tiene en cuenta la ley, podrán librarse de acudir al colegio. Para ello, habrá que presentar la justificación pertinente ante la Junta Electoral de zona antes del próximo sábado, 25 de mayo, una semana después de que se haya notificado a todos los ciudadanos su presencia en la mesa.

Para poder cursar dicha renuncia, hay que rellenar una solicitud de excusa (puede ser facilitada por los ayuntamientos correspondientes) y presentar a la Junta Electoral de la zona la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI, pasaporte, NIE o carné de conducir.
  • Fotocopia del nombramiento de la mesa electoral.
  • Solicitud de excusa cumplimentada.
  • Fotocopias de los documentos que justifiquen la renuncia y originales para su cotejo.

Una vez recibida esta información, será la Junta Electoral local correspondiente la que evalúe la situación y envíe una resolución en un plazo de cinco días. También se pueden dar situaciones inesperadas y en el caso de estas, el plazo para avisar a las autoridades sería de 72 horas antes de la constitución de mesa. Para asuntos hay más imprevistos, como puede ser el fallecimiento de un familiar o un ingreso médico, la Junta Electoral de zona solicita que, en la medida de lo posible la comunicación se haga antes de la constitución de las mesas, datada a las 8:00 horas del domingo, 9 de junio.

 
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