Bien Peinado
El juez Juan Carlos Peinado admitió a trámite la denuncia contra Begoña Gómez en contra de la doctrina del Supremo, incurrió en irregularidades durante el secreto de la causa, obvia la única pericial del caso que exculpa a la investigada y anuncia su citación en campaña electoral con un mes de antelación
Madrid
"¡Bien, Peinado!", habrán exclamado este martes desde ciertos cenáculos celebrando el anuncio de citación como imputada de la mujer del presidente, Begoña Gómez. Bien Peinado, habrán expuesto algunos próceres de la judicatura. Pero los procedimientos son los que son. Un juez de instrucción, cuando recibe una denuncia o querella, a no ser que el texto revele la pistola humeante, la prueba clave de la implicación criminal, admite o no a trámite previo informe de la Fiscalía y practica diligencias tendentes a verificar o descartar los hechos denunciados.
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Es la norma habitual empleada por jueces y magistrados en este país que el titular del juzgado número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, se ha saltado desde el principio. En todos y cada uno de sus preceptos.
Una admisión a trámite contra la doctrina del Supremo
El juez Peinado admitió a trámite la denuncia del pseudosindicato ultra, Manos Limpias, sin pedir opinión a la Fiscalía. Y lo hizo a pesar de que el texto incumplía la consolidada doctrina del Supremo, que rechaza de plano las querellas cuando no aportan más indicios de verosimilitud que meros recortes de prensa. Encima, algunos de ellos eran reconocidas noticias falsas.
Pero el juez Peinado fue más allá y desde el mismo instante en que admitió la denuncia otorgó la condición de investigada a Begoña Gómez por delitos de corrupción en los negocios y tráfico de influencias, cuando es norma general que los jueces imputen a los sospechosos en el momento en que reciben indicios sólidos de la comisión de un hecho delictivo. Nada había en ese momento. Solo recortes de prensa y algunos, falsos.
Un secreto irregular
El juez Peinado declaró además el secreto de las actuaciones cuando se trata de una medida “excepcional” solo justificable, según el artículo 302 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para “evitar un riesgo grave para la vida, libertad o integridad física de otra persona” o para “prevenir una situación que pueda comprometer de forma grave la investigación” del proceso.
No solo existen serias dudas de que en este caso se dé alguno de ambos supuestos sino que su actuación ha sido contradictoria, porque el juez Peinado declaró la investigación secreta, pero comunicó la apertura del procedimiento y la consideración como investigada a la propia Begoña Gómez mientras mantenía la causa secreta, dándole la oportunidad de destruir pruebas. Fue el propio Peinado quien con su comunicación a la esposa del presidente del Gobierno, pudo comprometer la investigación.
Como si un juez advirtiera a un defraudador de que está siendo investigado sin adoptar medida alguna, mientras se encuentra en plena acción delictiva. Es lo más parecido a un chivatazo togado.
Comunicaciones reservadas impropias
Un secreto, por otra parte, que el propio juez se ha saltado en varios momentos de la instrucción, al comunicar a los medios de comunicación que había abierto una causa “contra Begoña Gómez” a pesar del carácter reservado, o los nombres y apellidos de los testigos que deben comparecer en el procedimiento.
Obvia el informe de la UCO exculpatorio
El juez Peinado encargó un informe a la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, única pericial reclamada hasta la fecha por el magistrado y esta unidad policial no ha reflejado en el documento un solo indicio que verifique los hechos denunciados. Pero ni el juez primero, ni la Audiencia Provincial de Madrid después, han tenido en cuenta este informe. En contra del habitual proceder de un juez de instrucción, aún no ha valorado su contenido cuando han transcurrido más de 20 días desde que fue presentado y no ha sido tenido en cuenta, a pesar de que se trata de la única prueba objetiva solicitada a día de hoy, ni por la Audiencia Provincial que permitió con salvedades la continuidad de la causa, ni por el juez instructor, que ha obviado su contenido para citar a declarar como imputada a la esposa del presidente del Gobierno.
Anuncio de citación en campaña con un mes de antelación
De nuevo de forma inusual, el juez Peinado, en la recta final de la campaña electoral, anuncia la citación como imputada que va a producirse dentro de un mes, sin siquiera haber escuchado a los testigos convocados para el próximo 16 de junio y soslayando el informe de la UCO, única pericial encargada por el propio Peinado, que exonera a la investigada.
Ninguna prueba ni pericia encargada aporta un solo indicio sólido contra Begoña Gómez que avale su imputación en los casi 4.000 folios de sumario, pero el juez Peinado la decidió desde el mismo instante en que la denuncia se presentó. Para qué sirven las pruebas si se tienen profundas convicciones.
La mesa de las 22 | La Audiencia de Madrid avala la investigación a Begoña Gómez
01:08:04
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