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¿Qué es la jornada de reflexión? Todo lo que puede hacerse y lo que está prohibido el día antes de las elecciones europeas 2024

Este 9 de junio los españoles acuden a las urnas para elegir a sus representantes en el Hemiciclo europeo

Más de 38.000.000 de españoles están llamados a las urnas para los comicios europeos del próximo domingo, 9 de junio. / Lavandeira jr (EFE)

38.087.170 electores españoles acudirán a las urnas este próximo 9 de junio. Las elecciones al Parlamento Europeo se extienden desde el 6 al 9 de junio y cada uno de los países europeos con representación en el Hemiciclo ejerce su derecho a voto en diferentes jornadas. De los 720 escaños de la institución, nuestro país es uno de los que aporta más diputados, con 61. Por encima de él, está Alemania con 96 escaños; Francia que tiene 81 e Italia, con 76.

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La Ley Orgánica, que establece las normas relativas a los comicios, precisa que son 15 días de los que disponen los candidatos de los diferentes partidos políticos para hacer campaña electoral. Así, en el caso de estas votaciones, el viernes 24 de mayo a las 00:00 horas dio comienzo el periodo en el que los políticos tratan de atraer el voto hacia su partido con mítines en diferentes ubicaciones y también entrevistas y debates en los medios de comunicación.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que la campaña comienza el día 38º justo después de la convocatoria de las propias elecciones. Es justamente dentro de esa normativa estricta con los tiempos, donde se determina la obligatoriedad de la llamada jornada de reflexión. Así, a las 23:59 horas de este viernes 7 de junio, ha finalizado la campaña electoral y comenzó esta jornada que, como su propio nombre indica, tiene como objetivo que los ciudadanos dediquen tiempo a pensar a quién irá su voto al día siguiente.

¿Qué es la jornada de reflexión?

Se conoce bajo este término debido a su función para otorgar al votante un día de reflexión para pensar su voto sin recibir influencias políticas externas que puedan modificar de algún modo su decisión final. Bajo esta norma, desde las 00:00 del sábado, 8 de junio, y hasta el comienzo del día electoral, los partidos políticos que presentan candidatos para las elecciones autonómicas o municipales tienen prohibido, por ley, llevar a cabo actividades de campaña electoral. El artículo 53 indica que "no puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que esta haya legalmente terminado".

¿Qué no se puede hacer durante la jornada de reflexión?

En la ley, se define como campaña electoral a "el conjunto de actividades lícitas llevadas a cabo por los candidatos, partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones en orden a la captación de sufragios". Esta ley es aplicable, desde 2007, para toda la propaganda electoral compartida también en Internet y redes sociales. No obstante, no especifica qué considera propaganda electoral, otorgándole a la Junta Electoral Central la responsabilidad de juzgar cada caso de forma particular.

La ley también indica en su artículo 144 que en caso de infringirla se podrá castigar con prisión de tres meses a un año o hacer frente a una multa de seis a veinticuatro meses.

Sin embargo, durante este periodo la Administración organizadora de los comicios y los medios sí tienen permitido difundir información relacionada con el proceso de la votación. Recordatorios sobre las mesas electorales, información sobre la manera en la que se ha de votar o el horario de su apertura y cierre son algunos de los datos que se pueden compartir en esa fecha.