Control de las mordidas, conocimiento de la trama y un "botín" que se presume: las razones del juez para mandar a prisión a Santos Cerdán
El auto razona que la persona que repartía las mordidas es quien sabrá quiénes las pagaban y cuáles eran los importes, así que podría borrar ese rastro

El exdirigente del PSOE Santos Cerdán ya ha ingresado en la cárcel madrileña de Soto del Real / Daniel González (EFE)

Madrid
El que hasta hace unos días era el número 3 del Partido Socialista, Santos Cerdán, dormirá esta noche en la prisión de Soto del Real, el lugar al que el magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente le ha enviado con el empuje de la Fiscalía Anticorrupción ante los "notabilísimos indicios" que pesan en su contra y la posibilidad de que los oculte o destruya: se le presume un liderazgo en la trama que le haría conocedor de todas sus ramificaciones, también de un "botín" que se intuye millonario y que aún no ha aparecido.
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El auto que acuerda la medida cautelar más restrictiva de que dispone el sistema, habla de la "relación vertical" que Santos Cerdán tenía sobre Ábalos y García, a quienes habría estado canalizando mordidas fruto de amaños en obra pública.
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Las claves para entender qué está pasando con Santos Cerdán
El informe de la Guardia Civil del pasado 5 de junio apuntaba un compromiso de pago de un millón de euros (los audios reflejaban que a Ábalos se le debían 450.000) y el magistrado del Supremo, con esa cifra, echa cuentas: "parece descartable" que quien reparte no se quede una parte.
Lo que razona Puente es que ese millón "representa un porcentaje insólitamente mínimo en el marco de esta clase de operaciones delictivas". Si, en estos mínimos, se tratase de un uno por ciento de la obra adjudicada, "porcentaje aún muy contenido", el "premio" equivaldría a "una cantidad superior a los cinco millones de euros, varias veces mayor que la parte que indiciariamente correspondía a los Sres. Ábalos y García".
"Ello refuerza así, siempre en los términos indiciarios tantas veces señalados, la idea de que más personas, físicas o jurídicas, además de los Sres. Ábalos, García y Cerdán, pudieran haberse lucrado con las tan mencionadas adjudicaciones, eventualidad que, desde luego, no puede ser descartada en este momento", razona la resolución.
La primera consecuencia de esta premisa es que "solo la persona que, según parece resultar, se encargaba de realizar las gestiones oportunas con los pagadores, estaría en la mejor disposición para conocer también este último extremo". La segunda, que, por lo mismo, Cerdán estaría también en posición de "ocultar, alterar o hacer desaparecer las pruebas que pudieran existir al respecto".
La diferencia con Koldo García y Ábalos
Ese es el riesgo de destrucción de pruebas que aprecia el magistrado y que no veía ni en Ábalos ni en García, porque, conforme explica la resolución, aunque "concurren intensos indicios de criminalidad" también con ambos, la situación es distinta: Santos Cerdán ha sido "muy recientemente incorporado a esta causa" como imputado y "no ha podido practicarse todavía la indispensable investigación acerca de su verdadera situación patrimonial".
"No ha sido objeto tampoco de un registro domiciliario", añade el magistrado, para subrayar que la investigación en su caso se encuentra "en un momento muy inicial" aunque existan ya "indicios muy consistentes".
"Es obvio que, en esas circunstancias, las posibilidades de que, permaneciendo en libertad, pudiera el investigado ocultar, alterar o destruir elementos de prueba relevantes en este procedimiento, cobra una vigencia que, en los otros casos (registradas las viviendas de don Koldo García y don José Luis Ábalos, intervenidos sus dispositivos telefónicos e informáticos, y muy avanzada ya su investigación patrimonial) no tiene", añade.

El denominador común de las obras
Para el magistrado, los tres operaban como una organización criminal con reparto de papeles, en una "concurrencia de intereses y conductas" y de "manera estable". Ábalos desplegaba influencia sobre la adjudicación que tocase, "encomendando la gestión concreta" a Koldo, que era su asesor.
Este, a su vez, se interesaba personalmente en contacto directo con el director general de Carreteras, Javier Herrero; y la presidenta de ADIF, Isabel Pardo de Vera.
Mientras, Santos Cerdán introdujo a Koldo García en el Ministerio de Transportes y "posteriormente" se "encargó de que se efectuaran los correspondientes nombramientos "claves para la operativa diseñada, interesándose, además, de manera repetida por las licitaciones proyectadas y por el devenir de determinadas adjudicaciones".
"Resulta, al respecto, muy elocuente que los Sres. Ábalos y García, este último en particular, no reclamaran las cantidades que consideraban les eran adeudadas por las adjudicaciones de las obras a las constructoras indebidamente favorecidas, ni a personas que en el marco de la organización de aquellas hubieran protagonizado su gestión. Al contrario, las reclamaban inequívocamente al Sr. Cerdán León", añade el instructor.
Y de esas adjudicaciones, dice, llama la atención el "denominador común": "Todas ellas fueron adjudicadas a la empresa Acciona Construcción actuando en U.T.E. con otras de menor envergadura, sin que en ninguno de los casos la adjudicataria presentara la mejor oferta económica", es decir, fue "invariablemente favorecida en la licitación por criterios de valoración subjetiva".
En total, las obras adjudicadas a la mercantil Acciona Construcción, en el marco de las licitadas a través de organismos dependientes del MITMA lo eran, dice el auto, por "una suma muy próxima a los quinientos cincuenta millones de euros".

Las imputaciones
"No es tanto la referida relación vertical, ni lo embrionario de la investigación respecto a don Santos Cerdán, lo que determina la existencia de un riesgo mucho mayor en su caso de ocultar, alterar o destruir pruebas relevantes para el enjuiciamiento de los hechos que son objeto de la presente causa especial, cuanto su posición funcional en el marco de la organización", concluye el magistrado.
A Santos Cerdán se le imputan delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho, aunque podrían ser más porque durante su comparecencia de este lunes en el Supremo, Anticorrupción ha abierto la puerta al ilícito de malversación y las acusaciones populares, al delito contra la Hacienda Pública, si bien el magistrado ha optado por no pronunciarse al respecto por no ser el momento oportuno.




