"¿Cuál es el número de abusos que la Iglesia consideraría suficiente para tomar cartas en el asunto?"
Eduardo Santos, exconsejero de Justicia de Navarra y abogado experto en justicia restaurativa, apunta a que "el informe del Defensor del Pueblo recoge que la vía legal navarra es la adecuada"
Informe sobre abusos sexuales en la Iglesia: las reacciones en Navarra
11:32
Compartir
El código iframe se ha copiado en el portapapeles
<iframe src="https://cadenaser.com/embed/audio/460/1698661312143/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>
Pamplona
A día de hoy en Navarra, 6 reconocimientos expresos de víctimas de abusos en la Iglesia en Navarra, y 53 expedientes de denuncias en curso, y con una pregunta que lanza Eduardo Santos, exconsejero de Justicia y abogado experto en justicia restaurativa, tras el informe que el Defensor del Pueblo presentaba en el Congreso: ¿Qué es suficiente para que la Iglesia tome cartas en el asunto?¿Cuál es el número que ellos considerarían suficiente? Lo que es evidentes es que ha habido un proceso de macro victimización con centenares y miles de víctimas. ¿Qué aporta este informe? Aporta claridad, en el sentido de decir necesitamos una vía legal; lo que han dicho es que la vía legal navarra es adecuada, que lo único que podrían echar en falta son procesos de reparación no ya solo simbólica".
Y coincide con las víctimas en que el fondo de compensación debe cubrirlo la Iglesia. Navarra, recoge el informe, es un ejemplo en todo este proceso. Mikel Córdoba, vicepresidente de la comisión de reconocimientos de las víctimas en Navarra, señala que "de entrada creo y que lo mejor que puede ocurrir es considerar casos como el que nos ocupa la Comisión de Navarra y la legislación foral como un antecedente para terceras comunidades, de hecho lo dice expresamente".
Reconocer a las víctimas es lo primero, insisten, víctimas cuyo asociacionismo en Navarra ha sido clave.
¿Qué dicen las víctimas?
Son 5.000 las personas que estima el Defensor del pueblo han podido sufrir algún tipo de abuso por parte de miembros de la iglesia católica en Navarra, la mitad podrían ser agresiones sexuales según las entiende hoy el código penal. Cantidad que estima el estudio global del defensor que contrasta con el número de personas que ha dado el paso de la denuncia. Desde la primera denuncia, la que hizo José Luis Pérez aquí en la SER sobre lo sufrido en los Reparadores de Puente La Reina.
El proceso
El procedimiento de reconocimiento de las víctimas de abusos en el seno o con ocasión de las actividades realizadas por la Iglesia católica en Navarra se inicia, en primer lugar, por medio de solicitud para el reconocimiento de la condición de víctima que hacen las propias personas afectadas en la Oficina de Atención a Víctimas del Gobierno de Navarra.
Estas solicitudes deben contener una descripción detallada de los hechos y pueden ir acompañadas de cuantos documentos o informes se consideren oportunos, sin perjuicio de las actuaciones y gestiones que pueda realizar la comisión para la documentación y acreditación de estos.
Una vez recibida la solicitud, el órgano competente para la tramitación del expediente, en este caso la Oficina de Atención a las Víctimas, traslada el expediente a la comisión de reconocimiento. Es la propia comisión quien propone, "de forma motivada", si se admiten a trámite o no las solicitudes, dentro del plazo máximo de un mes desde la remisión.
Una vez admitida se inicia el procedimiento de reconocimiento para declarar o denegar la condición de víctima. Es en este proceso en el que la comisión puede escuchar a la persona solicitante y, "respetando la forma de escucha elegida por la víctima", también puede requerir a otras administraciones públicas, entidades u órganos privados o públicos los antecedentes, datos o informes "que puedan resultar necesarios para la tramitación de los expedientes".
También podrán solicitar informes o testimonios de aquellas otras personas que, "bien por su conocimiento directo de los hechos o bien por su experiencia en la materia, pudieran aportar información relevante sobre la solicitud presentada" y llevar a cabo "cuantas actuaciones estime precisas en orden al mayor esclarecimiento de los hechos en cuestión y una mejor resolución de la solicitud presentada".