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¿Herencias? No, gracias

El número de personas que renuncian a las herencias se dispara desde el comienzo de la crisis

(GETTY)

Las renuncias a las herencias han aumentado este año un 23% por ciento debido a las deudas que acarrean. En Hoy por hoy aclararemos los interrogantes que plante el tema junto a Jesús Soria.

Negarse a aceptar una herencia se está convirtiendo en algo habitual. Desde el inicio de la crisis en 2007 el número de renuncias ha aumentado en un 110%, un incremento que se ha visto acentuado especialmente en los últimos dos años.

En Hoy por hoy tratamos de resolver las dudas que plantean este tema junto a nuestro experto en consumo, Jesús Soria, ¿qué supone renunciar a una herencia? ¿qué pasa con aquellas que nadie reclama? ¿cómo es el proceso de renuncia?

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Para ello contamos con Juan Pérez Hereza, notario en la Comunidad de Madrid que nos aclarar todos los pormenores del asunto.

Ante un testamento, información

Ante una herencia es necesario estar muy bien informado. El notario Pérez Hereza nos lo deja claro "antes de hacer algún movimiento hay que acudir a un asesor", explica, "tanto aceptar como rechazar una herencia es algo irrevocable, no hay que hacer nada sin estar seguro de lo que conlleva" además, en contra de lo que se cree "los asesoramientos en notaría son gratuitos".

La herencia se complica cuando conlleva deudas ya que "ante esas deudas no solo se responde con los bienes heredados si no también con los que el heredero poseía previamente". Juan nos explica una manera para evitar el peso de una herencia con deuda , un procedimiento conocido como "beneficio de inventario" por el que la deuda se salda solamente con los bienes heredados. De nuevo, la insistencia de estar plenamente informado antes de tomar una decisión.

Testamento, ¿sí o no?

La existencia de testamento facilita bastante el proceso. Ante la falta de este hay que hacer una declaración de herederos, notarial o judicial, que designa por ley los receptores de la herencia. El orden de prioridad es "primero descendientes, luego ascendentes, a continuación cónyuges y por último otros parientes". La declaración de herederos es más costosa que el testamento, 120 euros contra 40.

El notario madrileño recomienda siempre hacer testamento pero no manual u "ológrafo" como son conocidos, ya que implican otros prodecimientos como pruebas caligráficas para probar su validez.

Por último, Juan nos apunta un par de curiosidades, como la imposibilidad de desheredar a alguien "sin causas judiciales graves probadas, como por ejemplo un maltrato" o los momentos más habituales que se eligen para hacer testamento, en concreto dos "recién casados o a partir de los 60 años"

Juan Pérez: "Ante una herencia que conlleve deudas se responde con los propios bienes"

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