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El alcalde de Lleida: "No procedía invocar el 155 ni ejecutar una sentencia recurrida"

El socialista Àngel Ros asegura en 'Hoy por Hoy' que, con los bienes de Sijena, "se está aplicando una ejecución de una sentencia que no es firme y una sentencia cautelar solo está justificada cuando hay algún riesgo para las obras"

Unas vallas colocadas junto al Museo de Lleida. Los llamados Comités en Defensa de la República (CDR) han convocado una concentración a las 07:30 horas de mañana lunes a las puertas de dicho museo con el objetivo de protestar por el traslado de 44 obras a / Adria Ropero EFE

Madrid

El alcalde de Lleida, Àngel Ros, ha pasado por los micrófonos de Hoy por Hoy para denunciar lo que, en su opinión, es "una situación de indefensión". Con la orden del juez de entrar en el museo de Lleida para devolver las obras de Sijena a Aragón,  "se está aplicando", a juicio de Ros, "una ejecución de una sentencia que no es firme". "Una sentencia cautelar solo está justificada cuando hay algún riesgo para las obras", ha añadido, "y no hay ninguno por el hecho de que estén en Lleida".

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El alcalde ha relacionado además la resolución de este conflicto a favor de Aragón y de esta manera con la aplicación por parte del Gobierno del artículo 155. "Sirve para restaurar la legalidad estatutaria e institucional", ha dicho, "no para resolver pleitos entre administraciones".

"Hasta el último minuto mantenemos la esperanza de que se nos dé la razón", ha apuntado. "La profesionalidad de los técnicos de Cataluña y Aragón es estricta y están realizando su trabajo protegiendo las obras".

El alcalde de Lleida: "No procedía invocar el 155 ni ejecutar una sentencia recurrida"

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Ros cree que "en el caso de Sijena, la vía judicial ha sido la única y hay que dejar que acabe". "No hay ninguna justificación para ejecutar una sentencia cautelar que todavía tiene recorrido y no es firme", ha insistido.

"No he hablado con el Gobierno de Aragón porque está judicializado", ha zanjado el alcalde de Lleida. "No procedía invocar al artículo 155 y no procedía ejecutar una sentencia recurrida".

 
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