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ATENTADOS DEL 11-M

El fiscal pide 8 años de internamiento para el menor que transportó los explosivos del 11-M

Se le imputa el delito de tenencia de explosivos con fines terroristas

La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitará 8 años de internamiento en régimen cerrado y cinco más de libertad vigilada, además de 8 años de inhabilitación absoluta, para el menor Gabriel M.V., "El Gitanillo", acusado de haber transportado entre Asturias y Madrid parte de los explosivos utilizados el 11-M.

Según informaron fuentes jurídicas, la fiscal del caso imputa a "El Gitanillo" un delito de tenencia de explosivos con fines terroristas en el escrito de alegaciones presentado este miércoles al juez central de menores, José María Vázquez Honrubia, quien ha dado un plazo de cinco días hábiles a la defensa del menor para que entregue su escrito de conclusiones.

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El inicio del juicio, el primero relacionado con los atentados del 11 de marzo, se ha fijado para el próximo 15 de noviembre, ya que debe tener lugar antes de que, a mediados de diciembre, venza el plazo máximo de internamiento preventivo del menor, decretado por 3 meses el pasado 16 de junio, tres días de su detención en Avilés (Asturias), y prorrogado por otros tres meses en septiembre.

LLEVÓ LOS EXPLOSIVOS

En la declaración que prestó ante el juez el 16 de junio, Gabriel, de 16 años, dijo que, a principios de febrero de este año, el ex minero Emilio Suárez Trashorras, acusado de haber facilitado los explosivos a los autores de los atentados del 11-M, le propuso viajar de Asturias a Madrid en un autocar de línea y transportar una bolsa de deportes que contenía entre 15 y 20 kilogramos de dinamita.

"El Gitanillo" añadió que cogió el autobús en Oviedo y que cuando llegó a la estación de Méndez Álvaro, en Madrid, llamó a un teléfono móvil que le había dado Trashorras y habló con "un moro" -supuestamente Jamal Ahmidam, "El Chino", que el 3 de abril se suicidó junto a otros seis terroristas en Leganés- que se desplazó hasta donde estaba el menor y recogió la bolsa.

DELITO POR TENENCIA

El delito de tenencia de explosivos con fines terroristas que el ministerio público imputa a "El Gitanillo" está recogido en el artículo 573 del Código Penal.

En él se describe la conducta punible como "el depósito de armas o municiones o la tenencia o depósito de sustancias o aparatos explosivos, inflamables, incendiarios o asfixiantes, o de sus componentes, así como su fabricación, tráfico, transporte o suministro de cualquier forma, y la mera colocación o empleo de tales sustancias o de los medios o artificios adecuados".

 
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