La Cadena SER dijo la verdad sobre el 'caso Fabra'
La sentencia sobre la demanda de Carlos Fabra contra la Cadena SER confirma todas las informaciones sobre este caso
Madrid
La sentencia dictada por el juzgado de primera instancia número 1 de Castellón en relación con la demanda interpuesta por el líder del PP en Castellón, Carlos Fabra, contra la Cadena SER y el Grupo PRISA, da la razón a la citada cadena de emisoras en todas y cada una de las informaciones que ha venido difundiendo sobre el caso Fabra desde el mes de diciembre del año pasado. A continuación, recordamos las informaciones de la Cadena SER junto a las consideraciones que le merecen a la jueza, recogidas en la sentencia dictada el pasado día 15.
Más información
18 de Diciembre de 2003. La Cadena SER entrevistó en directo, en el programa Hora 25, a Vicente Vilar, un empresario químico de Castellón. Es la primera noticia del caso Fabra Vilar aseguró que había estado pagando durante años al líder del PP en Castellón a cambio de que el político ejerciese su influencia para conseguir licencias de productos químicos.
En la sentencia, se dice textualmente: "Respecto a la entrevista que se realizó al señor Vilar, se cumplirían cada uno de los requisitos que la Jurisprudencia exige para estimar que no ha habido atentado al honor, esto es: relevancia pública de la persona afectada, interés general de la noticia y veracidad de la información que se transmite".
13 de enero de 2004. La Cadena SER amplió lo conocido hasta aquel momento con dos nuevas informaciones. Por un lado, "Fabra reconoce que cobró por asesorar al empresario que le denunció" y, por otro, "Fabra también habló con la ministra Villalobos de los negocios de su mujer".
La sentencia destaca que "tampoco estas informaciones parece que atenten al honor del demandante cuando el propio señor Fabra reconoció como ciertas las reuniones con Villalobos y con otros altos cargos del Ministerio para interesarse por los fitosanitarios de Vilar". Continúa la juez: "La información sobre el cobro por asesoramiento se corresponde casi en su integridad con la demanda que ha dado origen a este procedimiento". Tampoco tiene nada que objetar a esta noticia.
15 de enero de 2004 La siguiente información sobre el político de Castellón ofrecida por la Cadena SER responde al siguiente titular: "Fabra llegó al despacho de los ministros para tratar cuestiones relacionadas con los negocios de su mujer". Como denunció el empresario químico Vicente Vilar, Fabra y el propio Vilar tenían un vínculo empresarial y por lo tanto intereses comunes: sus mujeres eran socias precisamente en una empresa de productos fitosanitarios.
Según se recoge en el razonamiento jurídico del archivo de la demanda "No se observa que la información sea atentatoria al Derecho al honor, pues el mismo señor Fabra reconoció haber mantenido reuniones en Madrid con altos cargos del Ministerio, intercediendo por los fitosanitarios de Castellón".
22 de enero. La Cadena SER informó sobre el espectacular incremento del patrimonio de Fabra, que coincide con su creciente influencia política y sus estrechas relaciones con el expresidente del gobierno José María Aznar. El patrimonio que detallamos entonces incluye casas de lujo en Madrid y Castellón, vehículos de las marcas más caras y diversos intereses en acciones y títulos.
Como afirma literalmente la juez : "Si se analiza la declaración de bienes que el señor Fabra presentó en el 95 y la que presentó en el 2003 se observa que el incremento relatado sí se ha producido, pudiendo entender que el calificativo espectacular es un mero recurso periodístico o bien entra dentro del Derecho a la libertad de expresión, pero desde luego no atentatorio al honor".
25 de enero. La Cadena SER informa sobre algunos bienes pertenecientes a su mujer (participaciones empresariales, y bienes inmuebles) que no fueron incluidos por Fabra en su declaración ante la Diputación Provincial. Como siempre, la emisora citó el origen de la información, que en este caso es el diario Levante.
A este respecto la sentencia concluye que "No puede ser atentatoria contra el Derecho al honor, pues se trata igualmente de información cierta".
3 de febrero. Esta emisora hizo público que "la Diputación de Castellón adjudicó contratos a los socios de un alto cargo del gobierno provincial". Este alto cargo era el Jefe de Carreteras de la Diputación, Samuel Marca Doménech, y entre sus socios, beneficiarios de los contratos, está Rafael Llopis Arquer, marido de la senadora popular Carmen Pardo. Marca Doménech, es también socio de Carlos Fabra en un club de Golf en zona de Borriol.
Sobre esta noticia, la jueza estima que "es lo cierto que durante el juicio no se negaron los datos que aparecen en esta información".
17 de febrero. Noticia de la Cadena SER sobre los pagos millonarios que recibió una de las empresas de Fabra y de sus hijos por diversos informes y asesoramiento. Informes que, según el empresario que denunció al líder del PP en Castellón, nunca existieron. Según Vilar, estos "informes" eran la tapadera mediante la cual Fabra justificaba recibir sus pagos.
La sentencia afirma que "de la documentación que el propio actor tuvo que presentar con la demanda se comprueba que la empresa cobró tales cantidades". El actor al que se refiere la jueza es en este caso el propio Carlos Fabra.
20 de febrero. La Cadena SER informa de que la Diputación organiza comidas oficiales y otros eventos en un restaurante cuyo administrador único es Fabra, que ocultó esta vinculación con el restaurante.
La sentencia de la jueza concluye que "en el acto del interrogatorio el propio señor Fabra reconoció ser el administrador de esta sociedad, que no consta como disuelta o liquidada".
20 de marzo. La Cadena SER informa sobre los negocios de Fabra en la explotación de una mina. En concreto, de cómo su chófer en la Diputación figuraba como dueño de una parte importante de esta empresa.
En la sentencia se recuerda lo que el propio líder del PP en Castellón tuvo que reconocer en el juicio: "Que el chofer es socio de su mujer, de la mujer de Fabra, y que entre ellos se han comprado y vendido acciones en los últimos años". Concluye la juez que "esto se corresponde con la información que emitió la demandada, la Cadena SER".
26 de abril. Se informa de que "una fundación vinculada a la Diputación de Castellón actuó como agente inmobiliario de la mujer de Fabra". La sentencia analiza la documentación y dice textualmente "no se observa que la información ofrecida por la Cadena SER fuera inveraz".
FALLO
La sentencia confirma una a una las informaciones ofrecidas por la Cadena SER. Este es el fallo que sigue a todos los razonamientos recogidos:
"Atendiendo al interés público suscitado por las noticias referentes al señor Fabra , no solo a nivel local o comunitario sino también nacional, y a la veracidad de dichas informaciones, tal como se ha recogido en la fundamentación jurídica antecedente, (...) atendiendo también al hecho de que en la actualidad sigue instruyéndose causa penal por delitos contra la Administración de Justicia en la que interviene la Fiscalía Anticorrupción, la demanda debe ser desestimada" con "imposición al demandante -Carlos Fabra- de las costas del juicio".