Sociedad

Un juez dice que prevalece el derecho al trabajo de un maltratador frente a una orden de alejamiento

Un hombre podrá seguir acudiendo al bar que regenta, a menos de 500 metros de la casa de su ex mujer, tras estimarse su recurso

La Audiencia de Sevilla ha estimado el recurso de apelación interpuesto, respecto a la orden de alejamiento, por un hombre condenado a un año y once meses de prisión por maltrato habitual, psicológico y amenazas ya que, a juicio del tribunal, prevalece su derecho al trabajo "a la tranquilidad y libertad deambulatoria de la víctima".

La orden del juzgado de lo Penal de prohibición de aproximarse o comunicar con su ex mujer de julio pasado ha quedado ahora sin efecto y el maltratador podrá acudir a su lugar de trabajo, un bar, que se haya dentro del radio de acción de los 500 metros al que a este hombre se le prohibió acceder.

Más información

El auto de la Sección Tercera, contra el que no cabe recurso alguno, dice entre sus razonamientos jurídicos que "el hecho de que el condenado acuda a su centro de trabajo (bar) diariamente no puede entenderse como vulneración de la prohibición establecida en sentencia, pues ni comunica ni se aproxima a la víctima como acto voluntario y tendencial de incumplir la sentencia".

Porque "el sustento quedaría anulado"

Añade a continuación el fallo, fechado el pasado 27 de enero, que "es claro, a juicio de este tribunal, que debe prevalecer el derecho al trabajo y al sustento, que quedaría anulado, en detrimento del derecho a la tranquilidad y a la libertad deambulatoria de la víctima, que tan sólo se podría ver comprometido cuando acudiera libremente a cualquier establecimiento situado a menos de 500 metros del bar donde trabaja el condenado".

El Juzgado de lo Penal número 3 de Sevilla dijo el 17 de septiembre pasado que la pena impuesta en julio de prohibición de aproximarse o comunicar con la perjudicada no impedía al condenado acceder y permanecer en el bar de su propiedad. La mujer se opuso a tal medida, al igual que el Ministerio Fiscal, e interpuso recurso de reforma para revocar dicha autorización, que fue estimado, si bien ahora ha quedado definitivamente revocado tras la estimación apelante en la Audiencia.