Sociedad | Actualidad

El juez ratifica su decisión de no procesar a De Juana Chaos

Desoye a la Audiencia Nacional que sí ve motivos para el procesamiento

El actual titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Santiago Pedraz, ha ratificado esta mañana su decisión de no volver a procesar al etarra José Ignacio de Juana Chaos, en contra de lo que le solicitaba el fiscal y avaló ayer la Audiencia Nacional.

El último paso que debía y podía dar el magistrado ha sido confirmar la libertad del etarra De Juana Chaos, prevista para agosto de este año, y rechazar su procesamiento.

El magistrado contesta uno a uno los argumentos de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y del fiscal, a quien echa directamente la culpa de "no aportar suficientes datos o pruebas" que confirmen que el etarra sigue perteneciendo a ETA.

Más información

Dice Santiago Pedraz que "si abriera diligencias sin pruebas" o "sólo con noticias y afirmaciones" se convertiría en "un censor" y se "volvería al sistema de la Inquisición". El magistrado hace uso del axioma jurídico que sostiene que 'lo que no está incorporado a la causa, simplemente no existe'.

La ilegalización de Batasuna "no afecta a la causa"

Respecto a los antecedentes que señala la Fiscalía sobre la ilegalizada Batasuna, el juez dice que "no le afectan para nada" ya que a su juicio "no es un asunto penal" y no tiene "virtualidad" en esta causa.

La decisión se toma justo un día después de que la Audiencia Nacional emitiera un auto en el que se aseguraba que el etarra pertenencia a banda armada y había cometido amenazas al publicar dos artículos en el diario 'Gara' en diciembre pasado en los que amenazaba a personas y hacía "alarde y exaltación" de su integración en la banda terrorista ETA.

El 'caso de Juana Chaos'

El caso de De Juana Chaos estalló el pasado mes de enero, cuando se supo que saldría en libertad en pocos meses dado que había cumplido su condena. En realidad, aunque estaba condenado a más de 3.000 años, fue juzgado por el Código Penal de 1973, por lo que el límite máximo de estancia en prisión era de 30 años y, debido a beneficios penitenciarios, ese límite se fue rebajando hasta los 18. Así, su libertad era inminente.

Para impedirlo, la Audiencia solicitó prisión para él por los delitos de pertenencia a banda armada y amenazas que habría cometido al publicar en Gara dos artículos, titulados "El escudo" y "Gallizo", en los que supuestamente amenazaba a personas y hacía exaltación de su pertenencia a la banda. Se decretó prisión preventiva a la espera de certificar si esos hechos eran delito. La Audiencia certificaba ayer que sí lo eran, aunque el juez vuelve a desestimar hoy su procesamiento.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00