La Audiencia condena a penas mínimas a 24 miembros de Segi y dice que no son terroristas
La Fiscalía ya ha anunciado un recurso
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia por la que condena a 24 miembros de Jarrai-Haika, la rama juvenil de Batasuna, por asociación ilícita. Sin embargo, la sentencia considera que las organizaciones Jarrai, Haika y Segi, aunque tengan los fines de ETA, no son terroristas porque sus actos no "se enmarcaban" en el uso "de armas". Los condenados ya han cumplido este tiempo de condena en prisión preventiva, por lo que no ingresarán en la cárcel.
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Los magistrados condenan a 16 de ellos a 3 años y seis meses de prisión como responsables de un delito de asociación ilícita, en su condición de directores o dirigentes. Asimismo, impone dos años y seis meses de cárcel a otros ocho procesados de Jarrai como responsables de un delito de asociación ilícita, en su condición de miembros activos. Además, los jueces absuelven a otras nueve personas.
En el fallo, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional disuelven las organizaciones Jarrai, Haika y Segi, pero para los magistrados, no puede decirse que estas organizaciones sean bandas armadas, aunque sí organizaciones de "naturaleza ilegal".
"Dichas organizaciones, aún cuando tuvieran por sí mismas una finalidad ideológicamente próxima a la que, con su actividad armada, persigue la organización terrorista ETA, desplegaban actuaciones -además de las legítimas- que nunca se enmarcaban en la utilización de armas", dicen los magistrados.
Con esta sentencia, la Audiencia Nacional se desmarca de la definición clásica de la lucha callejera. Sin embargo, la sentencia sí señala que las acciones de violencia callejera tienen un muy considerable impacto social.
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