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El Gobierno sube otra vez impuestos al tabaco para atajar la guerra de precios de las tabaqueras

Esta nueva subida supera la aplicada anteriormente, que ayer quedó derogada por un error en el Congreso

El Consejo de Ministros aprobó hoy una nueva subida de impuestos al tabaco con la que pretende avanzar en su lucha contra el tabaquismo y atajar la guerra de precios que libran las multinacionales del sector en reacción a la Ley Antitabaco. El impuesto fijo por cajetilla y la autorización la venta en los kioskos con condiciones son dos de las novedades del decreto aprobado hoy.

Esta nueva subida, la tercera aplicada en los últimos seis meses, supera la acordada anteriormente con el decreto ley de 20 de enero, que ayer quedó derogado en el Congreso por el error de una treintena de diputados socialistas.

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Concretamente, el nuevo decreto ley aprobado hoy incrementa en 1,05 puntos porcentuales el tipo ''ad valorem'', que pasa del 55,95% al 57%, y sube dos euros el tipo específico, de 6,20 a 8,20 euros por cada mil cigarrillos.

Como ejemplo, para un paquete de rubio que ahora cueste 2,35, la subida supondría 35 céntimos más, hasta casi un 15% de su precio actual.

1,10 euros por cajetilla

"La razón de esta subida se debe a que el mercado de los cigarrillos ha experimentado en España una significativa reducción de sus precios, a pesar de los incrementos de fiscalidad sobre el tabaco aprobados el 16 de septiembre de 2005 y el 20 de enero de 2006, para desincentivar el consumo de este producto nocivo para la salud", explicó el Gobierno.

Asimismo, se establece un nivel mínimo de imposición de 55 euros por cada mil cigarrillos, que se aplicará cuando la suma del impuesto específico y el "ad valorem" sea inferior a esa cifra, con el fin de que las marcas baratas suban el precio de sus cajetillas, objetivo que no se ha conseguido con los anteriores incrementos de fiscalidad.

Según el Gobierno, el establecimiento de este nivel mínimo de imposición permite asegurar que todos los cigarrillos existentes en el mercado soportarán una tributación por impuestos especiales de, al menos, 1,10 euros por cajetilla.

Comisión para los estanqueros

El decreto ley incluye también medidas transitorias de apoyo a los estanqueros, ya que "el Gobierno ha querido ser sensible con los efectos que las recientes rebajas en el precio del tabaco han tenido sobre los ingresos de los expendedores".

Por ello, se establece un margen transitorio complementario del 0,25%, que se suma a la comisión del 8,5% que habitualmente perciben los estanqueros, medida que estará en vigor hasta el 30 de junio de 2006.

Desde la entrada en vigor de este decreto ley hasta esa fecha, el Ministerio de Economía y Hacienda queda habilitado para modular su importe, que podría llegar al 1%, y su duración, en función de la evolución del mercado.

Autorizada la venta a quiosqueros

Asimismo, el Consejo de Ministros ha incluido a los quioscos de prensa que cuenten con las autorizaciones administrativas pertinentes dentro de la relación de locales que, de acuerdo con Ley Antitabaco, están autorizados para la venta del tabaco.

Esta venta deberá, en todo caso, realizarse a través de máquinas expendedoras situadas siempre en el interior de los quioscos, y la autorización no afecta a aquellos quioscos que estén ubicados en lugares en los que la Ley prohíbe fumar y, por tanto, vender tabaco.

 
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