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Garzón archiva la querella contra Botín porque no hubo delito tras la intervención de Banesto

Dice que lo denunciado por Pérez Escolar se funda en una "cadena de hipótesis" que además habrían prescrito.

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha archivado la querella interpuesta por el ex consejero y condenado en el denominado "caso Banesto", Rafael Pérez Escolar, contra el presidente del Santander Central Hispano, Emilio Botín, y otros 21 consejeros y ex ejecutivos de la entidad por la supuesta apropiación indebida de 4.507 millones de euros pertenecientes a Banesto.

El magistrado entiende que los hechos denunciados no constituyen delito y que, en todo caso, no cabe investigarlos porque estarían prescritos.

En coincidencia con el criterio expresado por el fiscal de la Audiencia Nacional Carlos Bautista, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 señala que, aunque aparentemente bien "armada", la querella se funda en una "cadena de hipótesis no contrastadas" que además contradicen los informes emitidos en su día por los auditores externos, así como los del Banco de España y de los organismos que autorizaron la intervención de Banesto en 1993.

Una querella inconsistente

La querella de Pérez Escolar, subraya Garzón, se funda esencialmente en un informe de parte, es decir, que no se ha llevado a cabo sobre fuentes directas, y su objetivo parece ser el de criticar lo formulado en su día en el "caso Banesto". "La inconsistencia fáctico-jurídica de la querella es clara y, más bien parece responder a otras razones -mediantes entre el querellante y los actuales titulares del Banco-, que a sólidas y verdaderas bases jurídico-penales", dice su auto.

Pérez Escolar denunció una supuesta apropiación de fondos, a través de un complejo sistema de cesiones de activos, utilizando una entidad, SCI Gestión S. A., cuyas actividades fueron consentidas y autorizadas por el Fondo de Garantía de Depósitos, que hizo una inyección en la misma de 285.000 millones de pesetas, y que fueron consentidas y auspiciadas "malévolamente" por los responsables del Banco. Con ello, según el querellante habrían cometido malversación y prevaricación.

La "acción base" que se describe, según Garzón, estaría prescrita en todo caso, puesto que la comisión del supuesto delito tendría que ser situada en 1994, momento en el que se produjo el traspaso de los activos a través de SCI Gestión, con voluntad de apoderamiento.

 
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