El Gobierno restringe el acceso de menores a máquinas de tabaco y prohíbe completamente su publicidad
El Consejo de Ministros acuerda autorizar la libre transmisión de estancos y reduce la distancia entre ellos a un mínimo de 150 metros
El Gobierno ha autorizado la libre transmisión de estancos y ha reducido la distancia mínima obligatoria entre ellos hasta 150 metros, al tiempo que establece el sistema de venta a través de máquinas expendedoras para limitar el acceso de los menores al tabaco.
Así lo establece el real decreto que ha aprobado el Consejo de Ministros con el fin de introducir una mayor competencia en el sector del tabaco y contribuir al desarrollo de los objetivos marcados por el Ejecutivo socialista en materia de salud.
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En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha sostenido que los cambios introducidos afectan tanto al mercado mayorista como al minorista para mejorar su competencia y productividad.
En cuanto a los estancos, se reducen las distancias entre expendedurías a 150 metros y se amplía el ámbito de actuación para los cambios de emplazamiento. Asimismo, desaparecen las limitaciones diarias de venta y las que existían para el transporte de labores de tabaco.
La norma establece además el sistema de venta a través de máquinas expendedoras de tabaco para que, en todo caso, tengan instalado el dispositivo de limitación de venta a menores.
Sin publicidad
Asimismo, el decreto deroga la disposición transitoria quinta de la Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo que establecía una moratoria de tres años para aplicar las restricciones a la publicidad del tabaco en las competiciones de los deportes de motor.
Esta disposición fue añadida a la Ley que regula la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de productos del tabaco, durante la tramitación parlamentaria.
Sin embargo, el pasado octubre, la Comisión Europea reclamó al Gobierno español que eliminase la moratoria porque no se ajusta a la prohibición absoluta de publicidad del tabaco impuesta por la Directiva comunitaria de 2003.