El CGPJ expedienta al juez del caso Mari Luz
El informe de la inspección propone una falta muy grave al juez Tirado por los errores que permitieron que Santiago del Valle, presunto asesino de la niña, no cumpliera condena por abusar de su hija
La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial ha abierto expediente al juez Tirado, por no encargarse de que se ejecutara correctamente su sentencia a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz. / VNEWS
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado hoy de forma unánime abrir expediente por falta muy grave de desatención al titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, Rafael Tirado, por la "pasividad, dejación de funciones y ausencia de control" en las que podría haber incurrido a la hora de ejecutar la sentencia por abuso a su hija del presunto asesino de Mari Luz, Santiago del Valle.
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Así lo ha anunciado al término de la reunión de dicha Comisión el portavoz del CGPJ, Enrique López, quien señaló que el Consejo remitirá todas sus actuaciones respecto a este caso tanto a la Fiscalía como al Ministerio de Justicia y a la Junta de Andalucía, con el fin de que estas instituciones investiguen la conducta de los funcionarios que participaron en esta causa por si también pudieran haber incurrido en responsabilidades disciplinarias.
Los cinco vocales de la Comisión Disciplinaria, presididos por Monserrat Comas tenían desde el pasado viernes el informe de la inspección. En ese texto se habla de trámites dilatorios, errores y omisiones y se señala al juez que es el que tiene que ejecutar lo que juzga. Por eso se habla de desatención y se proponía una falta muy grave. Según la ley, esto estaría castigado con el traslado forzoso, la suspensión o hasta la separación de la carrera judicial.
Falta muy grave
El informe de la inspección habla de pasividad del juez Tirado, de dejación de sus funciones y de ausencia de control de la actividad desarrollada por los funcionarios del juzgado. Por todo esto, considera que pudo incurrir en conducta susceptible de reproche disciplinario y califica la falta como muy grave.
El informe refleja que la demora ha sido de dos años, dos meses y nueve días como consecuencia de trámites dilatorios, errores y omisiones. Pero añade que no consta que en algún momento de la dilatada tramitación de la causa, la Fiscalía o la Junta de Andalucía que actuaba como acusación particular denunciaran demoras o irregularidades.
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