La Iglesia mexicana excomulgará "ipso facto" a las mujeres que aborten
La nueva legislación mexicana despenaliza la interrupción del embarazo antes de tres meses. El arzobispo advierte a las embarazadas y a quiénes ayuden en el proceso
El arzobispo mexicano José Guadalupe Martín Rábago advirtió ayer que, a pesar de la nueva legislación que despenaliza la interrupción del embarazo antes de las doce semanas de gestación, la Iglesia Católica "aplicará ipso facto la excomunión" contra las mujeres que aborten y contra quienes colaboren en el hecho, según informó el diario 'El Universal'.
La nueva ley, que cuenta desde el pasado jueves con el apoyo del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), establece la constitucionalidad del aborto en los tres primeros meses del embarazo.
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Martín Rábago señaló que "la pena de la excomunión se impone, desde el año de 1917, para las personas que consciente, libre y voluntariamente abortan y para aquellas que colaboraran en la realización de ese acto". En relación al nuevo dictamen judicial, comentó que "no todo lo que es legal es moral".
El fallo sienta jurisprudencia y podría propiciar reformas penales en las entidades federativas, según señaló Martín Rábago en la rueda de prensa mensual. También destacó que la resolución de la Corte no tiene implicaciones de carácter moral y religioso y en ese sentido la Iglesia sostiene su doctrina de defensa a la vida.
"Lo que la SCJN ha decidido no quita para nada, las normas que existen en la Iglesia y más bien a nosotros nos obliga a seguir predicando lo que es el cultivo a la vida humana, que seguirá siendo sagrada, independientemente de la disposición de la Suprema Corte", aclaró.
Dos tipos de ex comunión
El arzobispo explicó que en el derecho canónico hay dos clases de ex comuniones. Por un lado, la que se impone a un persona mediante un procedimiento en la que se le dice que como resultado de esa acción "tú estas excomulgado" y, por otro, existe la ex comunión "late sentencie", es decir, que no necesita sentencia.
En el caso concreto del aborto no media proceso ni se requiere sentencia, la excomunión es "Ipso facto, por el hecho de haber cometido esa acción". Este tipo de excomunión sólo excluye del castigo a los menores de 16 años de edad.
Martín Rábago evitó hacer comentarios sobre la determinación de los ministros de la SCJN, pero más allá de la legislación la doctrina de la iglesia sobre la moralidad sigue intocable. Además, comentó que en Guanajuato no hay posibilidad de que se den las condiciones para una legislación que despenalice el aborto como la del Distrito Federal, pero aseguró que podría ocurrir en otras entidades.