Denuncian a Tick Tack Ticket por enviar ''spam'' en un concurso
FACUA ha denunciado a esta empresa ante la Agencia Española de Protección de Datos por considerar que ha vulnerado las normativas de protección de datos al enviar ''spam'' utilizando una promoción de entradas gratis
Consumidores en Acción ha denunciado ante la Agencia Española de Protección de Datos a la empresa de venta de entradas ''on line'' Tick Tack Ticket por considerar que ha vulnerado las normativas de protección de datos y comercio electrónico al enviar ''spam'' utilizando una promoción de entradas gratis
En un comunicado, la asociación de consumidores explica que, a través de la web de venta de entradas ''www.ticktackticket.com'' se está llevando a cabo una promoción por la que se ofertan dos entradas VIP gratis para el concierto que la cantante Madonna ofrecerá en Valencia el próximo 18 de septiembre.
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Para optar a este premio, los usuarios deben introducir su dirección de correo electrónico en un formulario junto con la de todos sus contactos que tengan. La promoción enfatiza que ''Ganará la persona que más veces reenvíe esta información así que... `Avisa a cuantos más mejor''.
FACUA asegura que, de este modo, los consumidores recibirán una publicidad de ''Tick Tack Ticket'' relacionada con una promoción en la que a su vez se les invita a participar.
Según FACUA, esta práctica vulnera la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que en su artículo 5 sobre el derecho de información de recogida de datos afirma que "los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición".
Asimismo, también vulnera el artículo 6 relativo al "consentimiento inequívoco" que el usuario debe dar para el tratamiento de los datos de carácter personal.
La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico también prohíbe esta práctica en su artículo 21 ya que explica que "queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas".