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ELECCIONES EUROPEAS

El Tribunal Constitucional permite que Iniciativa Internacionalista esté en las europeas | 22-05-2009

Revoca la decisión del Tribunal Supremo al concluir que el partido de Alfonso Sastre no está instrumentalizado por ETA

Las pruebas en las que se ha apoyado el Supremo para ilegalizar Iniciativa Internacionalista no son suficientes para demostrar que apoya la violencia o que sea un instrumento de ETA. Este es el principal argumento del Tribunal Constitucional para avalar por unanimidad la lista del dramaturgo Alfonso Sastre al Parlamento Europeo. Los magistrados recuerdan además que en su recurso de amparo esta formación política condenó expresamente la violencia.

Conclusión del Constitucional: la ilegalización de Iniciativa Internacionalista no se puede establecer con la mera referencia a la izquierda abertzale

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Dice la sentencia que el caso de Iniciativa Internacionalista no es comparable a ninguna de las ilegalizaciones que se han producido en los últimos años porque en este caso no hay vínculos financieros o materiales con el entorno de ETA. Sí que reconoce la coincidencia ideológica entre este partido político y ETA / Batasuna pero niega que haya concertación de voluntades y mucho menos la asunción de la violencia como instrumento de actuación política.

Los motivos del Supremo

El Tribunal Supremo anuló las listas de Iniciativa al concluir que el partido, una coalición de las formaciones extremistas Izquierda Castellana y Comuneros, era sucesora de la ilegalizada Batasuna y estaba "infiltrada y articulada" por el entorno de ETA. Tanto la Fiscalía como el Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, impugnaron las listas del partido ante el Tribunal Supremo y, posteriormente, pidieron al Tribunal Constitucional que desestimara el recurso de amparo interpuesto por la formación.

Al contrario de lo estimado por el Supremo, el Constitucional estima que las pruebas aportadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado "no tienen la entidad necesaria" para demostrar la vinculación del partido con ETA. "El Tribunal Supremo habría basado la anulación de la candidatura presentada en indicios de los que sólo puede desprenderse la asunción de una ideología política, pero en ningún caso la realidad de una trama defraudatoria al servicio de una organización terrorista", señala la sentencia del Constitucional, que consta de 46 folios.

Ideología no proscrita

La sentencia reitera que la izquierda abertzale como expresión ideológica "no ha sido proscrita de nuestro ordenamiento". En cuanto a los avalistas utilizados por el partido, entre los que había seis concejales de ANV, el Tribunal Constitucional señala "la historia personal de los simples avalistas de una agrupación no puede suponer indicio".

En lo referente a la vinculaciones personales de Sastre, Doris Benegas (número dos de la listas) y Ángeles Maestro (número cinco) con el mundo abertzale, el Constitucional señala que "son sólo acreditativos en principio de una inclinación ideológica que en absoluto puede merecer censura".

En conclusión, los seis magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional decidieron por unanimidad "declarar vulnerado" el derecho del partido de "acceder a los cargos públicos en condiciones de igualdad" y, por lo tanto, "restablecerla en su derecho" y declarar la nulidad de la decisión del Tribunal Supremo.

 
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