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Última hora La jueza de la DANA cita a Feijóo como testigo

El TSJV anula la obligación de dar Educación para la Ciudadanía en inglés

El Superior de Justicia valenciano declara nula también la objeción de conciencia a la asignatura

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha declarado nula la obligación de impartir en inglés la asignatura Educación para la Ciudadanía. También ha declarado nula la posibilidad de alegar objección de conciencia a la asignatura. Estos artículos habían sido recurridos por el sindicato CCOO y la Abogacía del Estado.

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La sección segunda de sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado la impartición en inglés de la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC), prevista en una Orden de la Conselleria de Educación de esta comunidad, así como la posibilidad de aprobar la asignatura mediante un trabajo y de presentar objeción de conciencia.

La sala ha estimado así, por unanimidad, los recursos interpuestos por CCOO y por la Abogacía del Estado contra la Orden de Educación por la que se establecen formas de organización pedagógica para impartir la asignatura de EpC y los Derechos Humanos, según constan en dos sentencias facilitadas por el TSJCV.

Según informó el tribunal valenciano, los jueces han estimado, por unanimidad, los recursos presentados por el sindicado CCOO y por la Abogacía del Estado.

El sindicato y la representación legal del Estado recurrieron una orden de la consejería valenciana de Educación, por la que se establecen formas de organización pedagógica para impartir la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.

Aspectos impugnados

Los aspectos impugnados por CCOO y la Abogacía del Estado eran la impartición de la materia en inglés, la opción B (realización de un trabajo con enfoque transversal) y objeción de conciencia a la materia.

El tribunal ha declarado la nulidad, por ser contrario a derecho, el artículo 2 de la orden de la consejería valenciana. En concreto, se anulan los apartados 1.b), 2, 3 y 4, y el artículo 4, relativos a la mencionada opción B.

También se anulan los artículos 3 y 5 y la Disposición Adicional Primera, en relación con la impartición de la asignatura en Inglés. Por último, se invalida el artículo 4.1, que contempla la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía.

 

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