Juanes defiende al juez Velasco en el caso de la etarra Aranalde
El presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, ha reconocido que no es la primera ni será la última vez que "un juez dicte una resolución y una audiencia de otro tribunal tenga un criterio distinto"
El presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, defendió este miércoles la actuación del juez de este órgano Eloy Velasco, respecto a la etarra Maite Aranalde y aseguró que su decisión de imponerle una fianza de 12.000 euros para eludir la prisión entra dentro de la "independencia judicial" y "forma parte de la mecánica jurídica".
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En declaraciones a la Cadena Ser Juanes indicó que tanto esta decisión de Velasco como la tomada por su compañero Baltasar Garzón -que revocó la libertad y ordenó el ingreso en la cárcel de la miembro de ETA- "se atienen a la Ley de Enjuiciamiento Criminal y resulta difícil someterlas a un control gubernamental porque se enmarcan dentro de la independencia judicial".
Destacó, además, que no resulta "inusual" que entre distintos tribunales se produzcan decisiones contradictorias. "Hay resoluciones que son muy difíciles de explicar pero no es la primera vez, ni será la última que un juez dicta una resolución y otro tribunal puede tener un criterio distinto, forma parte de la mecánica jurídica", dijo.
Agregó que la decisión de Velasco se ajustó a la Ley al margen de que "guste o no guste o aunque hubiera podido adoptarse de otra forma".
El presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, ha admitido también en la CADENA SER que "esto no es la primera vez ni la última vez que ocurrirá, que un juez dicte una resolución y una audiencia de otro tribunal tenga un criterio distinto".
Para el magistrado, esto "forma parte de la mecánica judicial".
Investigación
El presidente de la Audiencia Nacional, Angel Juanes, deberá informar a la Sala de Gobierno -compuesta por los presidentes de las salas de lo penal, lo social, lo contencioso-administrativo y tres magistrados electos- sobre los acontecimientos sucedidos en los últimos días, relacionados con la huida de Aranalde.
Juanes ha recabado toda la información disponible desde el momento en que la miembro de ETA fue entregada a la Audiencia Nacional -donde tenía pendientes dos causas por tenencia de explosivos y estragos- por las autoridades francesas. La falta de documentación sobre la presunta participación de la etarra en la colocación de bombas en 2004 provocó que sólo pudiera abordarse su relación con la acumulación de dinamita, cuestión que recayó en el juez Eloy Velasco, en sustitución de su compañero Baltasar Garzón que estaba en ese momento de vacaciones.
Velasco decidió imponer a la etarra una fianza de 12.000 euros para eludir la prisión. El pago de esta cantidad por parte de su familia provocó su inmediata liberación de la cárcel de Soto del Real, el pasado jueves.
El viernes, la Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrió la decisión de Velasco y pidió que se impusieran a la etarra mayores medidas cautelares para evitar su huída, entre ellas vigilancia policial permanente y comparecencias diarias en comisaría. Esta petición del Ministerio Público no fue resuelta hasta el lunes, al regreso del juez Garzón que decidió revocar la libertad y ordenó su inmediato encarcelamiento.
No obstante, cuando las Fuerzas de Seguridad se dirigían a cumplir la orden del juez, comprobaron que la etarra no se encontraba en su domicilio. Su búsqueda durante todo el lunes y la mañana del martes resultó infructuosa, lo que obligó a Garzón a dictar una orden de busca y captura en su contra, al considerar que se había dado a la fuga.
Críticas de Garzón
La imposición por parte del magistrado de la fianza que permitió la salida de Aranalde de la cárcel fue criticada por el juez Garzón que advirtió en el auto por el que ordenada el encarcelamiento de la etarra que existían indicios suficientes para haber acordado prisión contra ella la semana pasada, después de que fuera entregada a España por las autoridades francesas.
Garzón defendía que los hechos por los que su Juzgado obtuvo la entrega de Aranalde (integración en ETA y tenencia de armas y explosivos con fines terroristas) comportan un grado "elevado" de riesgo de sustracción a la acción de la justicia "teniendo en cuenta que la entrega de la procesada no ha sido voluntaria".
En este caso, agregaba el magistrado "se cumplen todos los requisitos exigidos por el Tribunal Constitucional para que su prisión sea con carácter incondicional y no sujeta a fianza".
Recordaba asimismo a su compañero Velasco que el juez "debe velar, exclusivamente, porque la procesada no se sustraiga a la acción de la justicia, riesgo que, en este caso, sólo se concita con la prisión provisional incondicional de la misma".
Decía también Garzón que no debe olvidarse que Aranalde ya huyó de España y que "existe la posibilidad más que probable" de que cualquier momento, de estar en libertad, "pueda volver a la actividad en el seno de la misma, a la que no ha renunciado, ni expresa ni tácitamente".