Sociedad
CASO GÜRTEL

Abandonar el partido, sí; el escaño, no

Los tres parlamentarios madrileños implicados en la trama Gürtel dejan el PP, pero conservan su acta de diputados

Madrid

Cuando todavía estábamos escuchando los ecos de Berlusconi protestando porque el Tribunal Constitucional le había tumbado la Ley Alfano, con la que intentaba blindarse de la acción de la Justicia, tres de los implicados en la trama Gürtel de Madrid dejan el PP, pero no su escaño de diputados. La presidenta regional, Esperanza Aguirre ha anunciado la salida de Alberto López Viejo, Alfonso Bosch Tejedor y Benjamín Martín Vasco del Grupo Popular en la Asamblea de Madrid. La pregunta es ¿Por qué no dejan también su acta como diputados?

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La inmunidad parlamentaria no significa impunidad, mal que le pese a Berlusconi. Pero ¿cómo se enfrentan a la Justicia nuestros representantes? ¿Todos los legisladores tienen esa inmunidad? ¿Qué es el aforamiento y qué significa? ¿Se hace también en otros países? La inmunidad parlamentaria, tambén conocida como fuero parlamentario o inmunidad legislativa, es un privilegio que la mayoría de democracias otorga a diputados y senadores.

El origen de esta medida está en la Revolución Francesa. Se concibió para evitar que los legisladores surgidos de la voluntad popular y agrupados en la Asamblea, quedasen subordinados a un poder, el Judicial, que conservaba los cargos desde el Antiguo Régimen. Por eso crearon esta especie de garantía para poder hacer su trabajo sin que un juez, nostálgico de Versalles, los procesara. Aunque si recuerdan la historia, esa inmunidad fue relativa porque, con o sin el concurso de los jueces, la mayoría de esos legisladores acabaron con la cabeza rodando por las escaleras del patíbulo.

Hoy en día la inmunidad es más efectiva y no significa que los representantes estén por encima de la ley. Si los Diputados y Senadores españoles tienen que responder ante la Justicia tan solo pueden ser procesados por la Sala Segunda del Supremo, previo suplicatorio que debe resolver la Cámara. La historia reciente de la democracia en España tiene algunos capítulos con esta palabra: Suplicatorio.

"El suplicatorio es una petición del Tribunal Supremo para poder procesar a un diputado porque se entiende que hay suficientes indicios para se imputado", ha explicado el diputado socialista, Francesc Vallès. El además Presidente de la Comisión del Estatuto del Diputado ha explicado en 'Hora 25' en qué consiste esa figura. "La inmunidad no protege al diputado en particular, sino al Parlamento", ha señalado. Es decir, que la protección va dirigida a las instituciones. Se trata de evitar que un grupo parlamentario quede en minoría en la Cámara.

Y es que si un diputado está inmerso en un proceso judicial no podrá comparecer a las votaciones de las Cortes. En el caso del Senado, podría entrar un suplente, pero si éste renunciase, no se podría suplir y alteraría de nuevo los pesos políticos de la Cámara. "No puede entenderse como priviliegio personal" ha insistido Vallès, quien ha añadido que se trata de "una garantía contra posibles persecuciones políticas".

Esa idea recalca Víctor Moreno, profesor de derecho Procesal de la Universidad madrileña Carlos III. "Cuando las cortes deniegan un suplicatorio, esa decisión está sometida al control del Constitucional". El objetivo de este Tribunal es adecuar la decisión a los fines de la Constitución e impedir en último término que se trate de una posible y pretendida alteración de la composición de las Cámaras.

<a name="despiece1"></a><b>Abandonar el PP, pero no el escaño</b>

La trama Gürtel que lleva el Tribunal Superior de Madrid volvería al juzgado de Garzón si finalmente los diputados regionales renuncian a sus actas y, por tanto, perdieran el fuero parlamentario. Garzón se vio obligado a enviar el caso al Tribunal Superior precisamente al encontrar indicios de criminalidad en los aforados. Si estos pierden ese privilegio, de forma natural, volvería a la Audiencia Nacional, al ser los juzgados de instrucción de esta sede el origen de las investigaciones y el lugar de procedencia del inicio del sumario. Además, la competencia de la Audiencia viene determinada al existir un delito de blanqueo de capitales. No se trata de un delito ordinario, ya que la trama Gürtel presupone un delito cometido por españoles en el extranjero, en Suíza y en otros paraísos fiscales y este tipo de investigaciones sólo pueden ser llevadas desde la Audiencia Nacional. La vuelta de Garzón al caso, según han explicado fuentes de la defensa a la SER, no es uno de los mejores escenarios en el que podríamos encontrarnos. Tampoco lo es, según dicen estas fuentes, que esta parte de la investigación pasara al Supremo. En este tribunal auguran que la condena será prácticamente segura. (Una información del responsable de Tribunales de la SER, Javier Álvarez)

<a name="despiece1"></a><b>La historia reciente de los suplicatorios</b>

No es la corrupción la causa principal de los suplicatorios, sin embargo los más sonados sí se relacionan con casos que todos recordamos. El caso Naseiro provocó el suplicatorio del diputado popular Ángel Sanchís, y el caso Filesa, el del socialista José María Sala. El ministro del Interior, José Barrionuevo, fue reclamado dos veces por el Supremo en relación con el caso GAL: en una, el Congreso lo denegó. En la siguiente, lo aceptó. El propio presidente del gobierno, Felipe González, asumió que él también podría estar en esa tesitura. Los dos últimos suplicatorios a Congreso y Senado los tenemos muy recientes y ambos relacionados con el caso Gürtel. El de Jesús Merino, en el Congreso, aceptada por el PP, y la del tesorero del PP, Luis Bárcenas, senador, pendiente de resolución. (Una información de la responsable de Documentación de la SER, Ángeles Afuera)

La inmunidad parlamentaria, en Hora 25 (8/10/2009)

40:04

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