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COMUNITAT VALENCIANA

Un juzgado suspende de forma cautelar seis nuevos derribos en el Cabanyal

La zona está declarada bien de relevancia local

El juzgado de lo contencioso administrativo número 4 de Valencia ha estimado, de manera cautelarísima, la suspensión de la ejecución de las licencias de derribo de seis inmuebles del barrio valenciano del Cabanyal, tal como el Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento solicitaba en un recurso registrado esta misma mañana, anunció hoy el PSPV.

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El recurso se ha interpuesto contra cuatro resoluciones dictadas por la Junta de Gobierno Local el pasado 15 de diciembre en las que se concedía licencia de derribo de los inmuebles situados en los números 27, 29, 31 y 61 de la calle San Pedro, y en los números 16 y 18 de la calle Luis Despuig, en el conjunto histórico protegido del Cabanyal-Canyamelar y que, por tanto, forman parte de un ámbito declarado en su conjunto Bien de Relevancia Local.

El recurso solicita la suspensión inmediata de la ejecución de las resoluciones al haberse dictado la concesión de licencia de derribo sin mediar autorización previa de la Conselleria de Cultura y sin que exista un proyecto de edificación sustitutoria, aspectos preceptivos según la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano.

Además, el escrito recuerda que el 29 de diciembre, con posterioridad a la concesión de las licencias a la sociedad Cabanyal 2010, el Ministerio de Cultura emitió una orden, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo, en la que dictaminaba que la ejecución del Pepri del Cabanyal-Canyamelar supondría la expoliación del patrimonio histórico y declaraba la obligación del Ayuntamiento de Valencia de proceder a la suspensión inmediata de la ejecución del plan.

Un acto de expolio

"Si un acto administrativo, como en el caso de las licencias impugnadas (o también una ley autonómica o Pepri) permitiera el derribo de parte de un BIC o un Bien de Relevancia Local, significaría un acto de expolio que activaría las competencias del Ministerio de Cultura al objeto de impedir la destrucción de estos bienes y la comisión de la expoliación, tal como dispone textualmente la parte dispositiva de la orden ministerial", argumenta el recurso.

El juez ha adoptado la decisión 'inaudita parte' y ha citado a las partes -el Grupo Municipal Socialista y el Ayuntamiento de Valencia- a las 10.00 horas del próximo día 21, cuando deberá decidir si mantiene o levanta la suspensión. Los socialistas recordaron en este punto que ya han conseguido anteriormente la suspensión de la ejecución de las licencias de derribo de los inmuebles ubicados en el número 170 de la calle Padre Luis Navarro y del número 155 de la calle Barraca.

 
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