El Supremo considera 'abusivas' una serie de cláusulas impuestas por los bancos
Con esta decisión, el Supremo falla a favor de los consumidores y frena algunas medidas abusivas, como la obligación de informar al banco si se vende una casa hipotecada
El Tribunal Supremo ha ordenado la anulación de varias cláusulas que se incluían en los contratos de las tarjetas de crédito y otros productos financieros que se firmaban con clientes de los Bancos Santander, BBVA, Bankinter y Caja Madrid.
La sentencia establece que las entidades ya no podrán eximirse siempre de responsabilidad por el dinero que otros retiren con nuestra tarjeta bancaria antes de que avisemos de su pérdida.
Además, limita la capacidad de las entidades para resolver un préstamo o ejecutar una hipoteca si el cliente ha incumplido un par de recibos.
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Por otra parte, se podrá vender la casa hipotecada sin avisar antes al banco. El banco, por su parte, tendrá que avisarnos si cede nuestro préstamo.
Y seguirá siendo embargable una cuenta de varios titulares por la deuda de uno de ellos pero la entidad tendrá que advertir de esa posibilidad en el momento del contrato.
La sentencia afecta a todas las entidades, no sólo las denunciadas por la OCU y cuando el registro de cláusulas abusivas incorpore estas novedades todos los clientes bancarios que tengan estas cláusulas en sus contratos podrán pedir su nulidad.