La Audiencia Nacional exime a AENA de responsabilidad por los daños causados por el plante de los controladores
El argumento del juzgado es que no hay una relación causa efecto entre la actuación de AENA y los perjuicios causados a los usuarios <a href="http://www.cadenaser.com/economia/articulo/minuto-minuto-huelga-controladores-ha-colapsado-aeropuertos/csrcsrpor/20101204csrcsreco_2/Tes"><b>los días 3 y 4 de diciembre en 2010</b></a>
La sentencia, que no es recurrible, sostiene que los controladores se concertaron para abandonar sus puestos de trabajo , en una actuación excepcional e imprevisible, y de tal envergadura que hizo imposible evitar el cierre del espacio aéreo o paliar sus efectos.
En definitiva, el tribunal considera que se han dado circunstancias de fuerza mayor, y que no se puede exigir la responsabilidad patrimonial de AENA, porque incluso las medidas para resolver el conflicto fueron adoptadas por un órgano superior, el Consejo de Ministros. Aún está en marcha un proceso penal, en que algunas personas reclamaban la responsabilidad civil de AENA.
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